D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250708-35)
Convenio – Convenio de 13 de junio de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la Primera Región y la Fundación del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Madrid para la asistencia sanitaria en materia de salud bucodental a la población infantil de 6 a 16 años en la Comunidad de Madrid
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
MARTES 8 DE JULIO DE 2025
Pág. 165
ANEXO II
TRATAMIENTOS Y TARIFAS
Tratamientos incluidos
Endodoncia de incisivos/caninos1
Endodoncia de premolar1
Endodoncia de molar1
Reendodoncia1
Tratamiento pulpar diente inmaduro1, 2,3
Obturación simple4
Obturación compleja4
Gran Reconstrucción4
Perno prefabricado intrarradicular de fibra de vidrio
Colocar y retirar mantenedor de espacio unilateral5,6
Colocar y retirar mantenedor de espacio bilateral5,6
Recubrimiento pulpar directo7
Retirada mantenedor de espacio8
Reimplante dentario1
Ferulización del grupo anterior9. Coste por diente. Incluye retirada de
material al finalizar el tratamiento.
Corona completa de metal
Corona provisional de acrílico
Sutura de tejidos blandos (excepto incluidas en tratamientos anteriores)
Tarifa €
100
110
150
120
100
36
46
50
35
84
124
16
14
40
35
60
22
15
1. Al finalizar el tratamiento deberá aportar estudio radiológico a la USBD que lo derivó.
2. Indicado cuando la raíz no ha completado el desarrollo suficiente para poder realizar
un tratamiento endodóntico y la pulpa está necrótica. Sólo es necesaria una sesión.
3. Indicada también en el caso de caries penetrante con ápices no cerrados y con la
pulpa radicular vital.
4. Indicada exclusivamente sobre endodoncias realizadas o sobre pérdidas tisulares de
origen traumático. El resto se trata en la USBD de AP.
5. Dispositivos destinados a la prevención de migraciones dentarias indeseadas,
secundarias a pérdida de dientes primarios. No está indicada la exodoncia del diente
como beneficio para pautar mantenedor de espacio.
6. Procedimiento en el que la pulpa expuesta es cubierta por un material protector
destinado a su curación y reparación. Valoración de este tratamiento en el caso de
derivación por endodoncia, ante la necesidad de solventar el proceso por la mínima
afectación pulpar.
7. Estabilización del diente en el alveolo del que resultó luxado o avulsionado.
8. Solo en retenedores colocados a pacientes en el ámbito de ejecución de las
ediciones del Convenio previas al ejercicio 2024.
9. Estabilización del diente en el alveolo del que resultó luxado o avulsionado.
BOCM-20250708-35
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025
Pág. 165
ANEXO II
TRATAMIENTOS Y TARIFAS
Tratamientos incluidos
Endodoncia de incisivos/caninos1
Endodoncia de premolar1
Endodoncia de molar1
Reendodoncia1
Tratamiento pulpar diente inmaduro1, 2,3
Obturación simple4
Obturación compleja4
Gran Reconstrucción4
Perno prefabricado intrarradicular de fibra de vidrio
Colocar y retirar mantenedor de espacio unilateral5,6
Colocar y retirar mantenedor de espacio bilateral5,6
Recubrimiento pulpar directo7
Retirada mantenedor de espacio8
Reimplante dentario1
Ferulización del grupo anterior9. Coste por diente. Incluye retirada de
material al finalizar el tratamiento.
Corona completa de metal
Corona provisional de acrílico
Sutura de tejidos blandos (excepto incluidas en tratamientos anteriores)
Tarifa €
100
110
150
120
100
36
46
50
35
84
124
16
14
40
35
60
22
15
1. Al finalizar el tratamiento deberá aportar estudio radiológico a la USBD que lo derivó.
2. Indicado cuando la raíz no ha completado el desarrollo suficiente para poder realizar
un tratamiento endodóntico y la pulpa está necrótica. Sólo es necesaria una sesión.
3. Indicada también en el caso de caries penetrante con ápices no cerrados y con la
pulpa radicular vital.
4. Indicada exclusivamente sobre endodoncias realizadas o sobre pérdidas tisulares de
origen traumático. El resto se trata en la USBD de AP.
5. Dispositivos destinados a la prevención de migraciones dentarias indeseadas,
secundarias a pérdida de dientes primarios. No está indicada la exodoncia del diente
como beneficio para pautar mantenedor de espacio.
6. Procedimiento en el que la pulpa expuesta es cubierta por un material protector
destinado a su curación y reparación. Valoración de este tratamiento en el caso de
derivación por endodoncia, ante la necesidad de solventar el proceso por la mínima
afectación pulpar.
7. Estabilización del diente en el alveolo del que resultó luxado o avulsionado.
8. Solo en retenedores colocados a pacientes en el ámbito de ejecución de las
ediciones del Convenio previas al ejercicio 2024.
9. Estabilización del diente en el alveolo del que resultó luxado o avulsionado.
BOCM-20250708-35
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID