Alcobendas (BOCM-20250708-52)
Otros anuncios. Autorización demanial
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BOCM

MARTES 8 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 161

— Se sacará un único número para cada ubicación, lote y grupo, y de manera correlativa se adjudicarán los números siguientes de solicitantes hasta finalizar el número de parcelas sorteadas.
— Se repite este procedimiento para cada lote y grupo de cada ubicación de huertos.
— El sorteo finalizará una vez estén sorteadas y adjudicadas todas las parcelas.
VIII. Relación de personas seleccionadas en el sorteo
Los resultados del sorteo serán expuestos en el tablón de edictos del Ayuntamiento y
en la página web municipal ( www.alcobendas.org ).
Para facilitar la comunicación con las personas seleccionadas, se utilizará indistintamente el correo electrónico o el teléfono facilitado en la solicitud.
IX. Pago de la fianza
La autorización está condicionada al pago de una cuantía de 100 euros en concepto de
fianza para garantizar la adecuada gestión del huerto, incluyendo que el mantenimiento del
huerto se realiza en las condiciones adecuadas y que se trabaja en los plazos establecidos.
Al finalizar la autorización deberán entregar el huerto en buen estado, dejar el huerto
y la taquilla adjudicada libres de objetos y materiales, en el mismo estado que lo recibieron,
debiendo cada usuario retirar los materiales introducidos y gestionar los residuos producidos. Asimismo, devolver las llaves y cualquier objeto recibido en el período de adjudicación. Una vez se comprueben todos estos requisitos se devolverá la fianza depositada al inicio de la adjudicación.
X. Pago de cuota de agua
La autorización inicialmente no está condicionada al pago de una cuantía en concepto
de consumo de agua, pero puede ser obligatorio su pago en el transcurso de la misma, instalándose aparatos de control en cada ubicación de huertos y repartiéndose el coste total en
partes iguales. El impago de esta cuota conllevaría, además de la reclamación de dicho
pago, a la pérdida de condición de adjudicatario y la imposibilidad de ser incluido en el siguiente sorteo de huertos.
XI. Declaración de persona usuaria
El Departamento de Medio Ambiente revisara que las personas seleccionadas cumplan
todos los requisitos fijados en las presentes bases, en caso contrario serán excluidos del procedimiento.
Solo podrá declararse persona usuaria a un único miembro de la misma unidad familiar,
teniéndose en cuenta únicamente al que haya presentado el cuestionario en primer lugar.
En el supuesto de cumplir los requisitos, pero no pertenecer al grupo de arraigo indicado por el solicitante, pasará a formar parte de la lista de espera de su correspondiente grupo en el último lugar.
Las personas seleccionadas que cumplan los requisitos formaran el listado de personas usuarias aprobado por el Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Vivienda y Obras.
Una vez aprobado el listado de personas usuarias en un plazo de quince días naturales
presentarán por registro siguiendo el trámite específico la solicitud de autorización para el
uso de los huertos urbanos familiares de titularidad municipal en Alcobendas (Anexo II)
junto con el depósito de la fianza cuya cuantía será de 100 euros.
XII. Lista de espera de cada lote y grupo
Todas las personas admitidas incluidas en la lista definitiva que no hubieran sido declaradas personas seleccionadas mediante el sorteo público conformarán una lista de espera en su correspondiente lote y grupo. Podrán optar a aquellas parcelas que pudiesen quedar vacantes. La designación como persona usuaria, desde la lista de espera, implica que la
autorización lo será por el período restante hasta el próximo sorteo, como las demás personas usuarias.
La lista de espera de cada lote y grupo se iniciará por el nombre de la persona siguiente a la última asignada seleccionada en su correspondiente lote.

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