D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-52)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 156

MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025

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la importancia de una adecuada organización y formación para que cada
trabajador sepa cómo actuar exactamente en caso de accidente o emergencia.

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Material de apoyo a emplear: Lista de comprobación en la que se indicará a través de una
serie de ítems, el grado de cumplimiento de la normativa relativa a medidas previstas en caso
de emergencia, para cada uno de los tres puntos indicados anteriormente (Primeros Auxilios,
Extinción de Incendios e Intervención y Evacuación de Emergencia).

ƒ

Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Con posterioridad a la visita al centro de
trabajo, con los datos recogidos en la lista de comprobación, el técnico mecanizará el
resultado registrado en los distintos ítems del cuestionario en una herramienta informática
diseñada al efecto, para su posterior tratamiento estadístico.
Con los datos recogidos en la lista de comprobación, se elaborará un informe específico
que será remitido preferentemente por correo electrónico, y si no se dispusiera del mismo, por
correo certificado (independientemente de la ubicación del domicilio social de la empresa) tanto
a la empresa o autónomo asesorados como al contratista principal, en caso de no ser el mismo,
en el que se expondrán las deficiencias detectadas en la visita y las medidas de corrección
específicas a adoptar para subsanarlas, de forma que no haya duda sobre la solución
propuesta.
También se podrán incluir propuestas de mejora que se puedan llevar a cabo por parte
de la empresa en relación al procedimiento y organización en situaciones de emergencia. En
caso necesario, se recomendará que la empresa acuda a su modalidad preventiva. Se indicará
en el informe que tienen carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de
obligaciones establecidas para la empresa, en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla.

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Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECOM

1.2.3.Actuaciones específicas sobre seguridad vial laboral
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Número total de asesoramientos: 300

ƒ

Número de asesoramientos por centro: 1

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Número mínimo de obras/centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 300

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Contenido de la visita:
Objetivo: concienciar a los trabajadores sobre el riesgo laboral vial al que se
enfrentan en los desplazamientos consecuencia de su actividad laboral, e
informar sobre medidas preventivas para evitar o reducir las posibilidades de sufrir
un accidente “in itínere” o “in misión”.

BOCM-20250702-52

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