D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-52)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 340
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 156
su entrega posterior, para ser consideradas válidas. Por otra parte, la mera entrega de
documentación no bastará para considerar la actuación válida.
8. Todo campo que se fije como obligatorio en la definición de las actuaciones deberá figurar en
la documentación para que dicha actuación se considere válida.
9. No será válida una actuación cuyo contenido se centre en cuestiones definidas para otra
categoría diferente. La actuación deberá centrarse en aquellas cuestiones definidas para el tipo
de actuación concreta.
C)
Informes específicos de las actuaciones enviados a las entidades visitadas
En el caso de que se elaboren informes específicos de las actuaciones realizadas
destinados a las empresas visitadas, dado su carácter confidencial, quedarán a disposición del
técnico de seguimiento designado por el IRSST para su verificación.
En todo caso se deberá remitir justificante de envío de dichos informes a las empresas, o
documentación acreditativa de su entrega “en mano” a las mismas.
D)
Informe global de las actuaciones
Se elaborará un informe global de las actuaciones desarrolladas, de acuerdo con la
cláusula SEGUNDA del presente convenio, que servirá para extraer conclusiones sobre el estado
preventivo de las actividades realizadas.
E)
Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN bis)
Estará firmado por el responsable del Proyecto con el visto bueno de uno de los firmantes del
convenio, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de
acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la
identificación de éste, a través del nombre, apellidos y DNI.
11.2.2
Documentación técnica:
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
a)
Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
b)
Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material
elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible utilización posterior
por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente convenio de propiedad
intelectual.
De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico,
firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el que conste identificada
la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal
correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en soporte Excel.
BOCM-20250702-52
En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por
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su entrega posterior, para ser consideradas válidas. Por otra parte, la mera entrega de
documentación no bastará para considerar la actuación válida.
8. Todo campo que se fije como obligatorio en la definición de las actuaciones deberá figurar en
la documentación para que dicha actuación se considere válida.
9. No será válida una actuación cuyo contenido se centre en cuestiones definidas para otra
categoría diferente. La actuación deberá centrarse en aquellas cuestiones definidas para el tipo
de actuación concreta.
C)
Informes específicos de las actuaciones enviados a las entidades visitadas
En el caso de que se elaboren informes específicos de las actuaciones realizadas
destinados a las empresas visitadas, dado su carácter confidencial, quedarán a disposición del
técnico de seguimiento designado por el IRSST para su verificación.
En todo caso se deberá remitir justificante de envío de dichos informes a las empresas, o
documentación acreditativa de su entrega “en mano” a las mismas.
D)
Informe global de las actuaciones
Se elaborará un informe global de las actuaciones desarrolladas, de acuerdo con la
cláusula SEGUNDA del presente convenio, que servirá para extraer conclusiones sobre el estado
preventivo de las actividades realizadas.
E)
Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN bis)
Estará firmado por el responsable del Proyecto con el visto bueno de uno de los firmantes del
convenio, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de
acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la
identificación de éste, a través del nombre, apellidos y DNI.
11.2.2
Documentación técnica:
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
a)
Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
b)
Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material
elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible utilización posterior
por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente convenio de propiedad
intelectual.
De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico,
firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el que conste identificada
la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal
correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en soporte Excel.
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En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por