D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250628-21)
Convenio – Convenio de 26 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la Atención a las Personas en Situación de Dependencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 153
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 347
ciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, según la redacción del Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el anterior.
5. Que ambas partes vienen realizando una importante labor de colaboración y coordinación interadministrativa, cuya finalidad común es garantizar la atención a las personas
en situación de dependencia a través de servicios que presta el Ayuntamiento de Madrid
como son los servicios de Ayuda a Domicilio (en adelante, SAD), Teleasistencia (en adelante TA), así como de Centro de Día y Residencia para personas mayores. Dicha colaboración se ha articulado en los últimos años mediante Convenios de Colaboración suscritos
desde el año 2014, siendo el último el firmado el 28 de diciembre de 2023, con vigencia
hasta el 31 de diciembre 2024.
6. Que con el propósito de dar continuidad a esta fórmula de colaboración interadministrativa, que se ha mostrado eficaz, ambas partes se comprometen a proseguir esta colaboración
en la prestación de los Servicios de SAD, TA, Centros de Día y Residencias para personas mayores, recogidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 54/2015 por el que
se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de
Madrid, para lo cual resulta preciso la suscripción de un nuevo convenio, dada la pérdida de vigencia del anterior convenio.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir este convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la cooperación entre las partes firmantes en
la atención a las personas en situación de dependencia, tal y como se prevé en el Anexo III
del presente Convenio, a través de determinados servicios que presta el Ayuntamiento de
Madrid, como son los de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Centro de Día y Residencia
para personas en situación de dependencia.
Segunda
Obligaciones generales
Ambas partes establecen que los servicios financiados mediante este convenio se prestarán a través del Ayuntamiento de Madrid, con el contenido y alcance que en él se determinan,
así como en la normativa que resulte de aplicación en cada momento, con el apoyo técnico y
supervisión, cuando proceda, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Las partes firmantes se comprometen, también, a llevar a cabo cuantas actuaciones
sean, necesarias para desarrollar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, para implementar los
servicios incluidos en este Convenio; a saber, los servicios de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Centros de Día y Residencias de mayores.
Tercera
A través del presente convenio, se financian los servicios de atención a la dependencia dirigidos a personas con dependencia reconocida, y cuyo Programa Individual de Atención, (en adelante, PIA), establezca los servicios de SAD, TA, Centro de Día o Residencia
para personas mayores, como modalidad de intervención más adecuada, con el objetivo de
apoyar el mantenimiento de los usuarios que residan en el municipio de Madrid en su entorno habitual.
BOCM-20250628-21
Servicios que se financian
B.O.C.M. Núm. 153
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 347
ciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, según la redacción del Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el anterior.
5. Que ambas partes vienen realizando una importante labor de colaboración y coordinación interadministrativa, cuya finalidad común es garantizar la atención a las personas
en situación de dependencia a través de servicios que presta el Ayuntamiento de Madrid
como son los servicios de Ayuda a Domicilio (en adelante, SAD), Teleasistencia (en adelante TA), así como de Centro de Día y Residencia para personas mayores. Dicha colaboración se ha articulado en los últimos años mediante Convenios de Colaboración suscritos
desde el año 2014, siendo el último el firmado el 28 de diciembre de 2023, con vigencia
hasta el 31 de diciembre 2024.
6. Que con el propósito de dar continuidad a esta fórmula de colaboración interadministrativa, que se ha mostrado eficaz, ambas partes se comprometen a proseguir esta colaboración
en la prestación de los Servicios de SAD, TA, Centros de Día y Residencias para personas mayores, recogidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 54/2015 por el que
se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de
Madrid, para lo cual resulta preciso la suscripción de un nuevo convenio, dada la pérdida de vigencia del anterior convenio.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir este convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la cooperación entre las partes firmantes en
la atención a las personas en situación de dependencia, tal y como se prevé en el Anexo III
del presente Convenio, a través de determinados servicios que presta el Ayuntamiento de
Madrid, como son los de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Centro de Día y Residencia
para personas en situación de dependencia.
Segunda
Obligaciones generales
Ambas partes establecen que los servicios financiados mediante este convenio se prestarán a través del Ayuntamiento de Madrid, con el contenido y alcance que en él se determinan,
así como en la normativa que resulte de aplicación en cada momento, con el apoyo técnico y
supervisión, cuando proceda, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Las partes firmantes se comprometen, también, a llevar a cabo cuantas actuaciones
sean, necesarias para desarrollar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, para implementar los
servicios incluidos en este Convenio; a saber, los servicios de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Centros de Día y Residencias de mayores.
Tercera
A través del presente convenio, se financian los servicios de atención a la dependencia dirigidos a personas con dependencia reconocida, y cuyo Programa Individual de Atención, (en adelante, PIA), establezca los servicios de SAD, TA, Centro de Día o Residencia
para personas mayores, como modalidad de intervención más adecuada, con el objetivo de
apoyar el mantenimiento de los usuarios que residan en el municipio de Madrid en su entorno habitual.
BOCM-20250628-21
Servicios que se financian