D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 151
x Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este tiempo
incluye todas las tareas necesarias para efectuar dicho asesoramiento; tiempo en la empresa asesorada,
tiempo de desplazamiento y tiempo de trabajos de gabinete). Un total de 400 horas.
2.2.8.Asistencia técnica en el almacenamiento, clasificación y manipulación de residuos
en centros de trabajo de empresas del metal.
Se realizarán 50 visitas a centros de trabajo de empresas del metal que almacenen,
clasifiquen o manipulen residuos, para analizar los riesgos derivados de la exposición a sustancias
químicas peligrosas, con especial atención a agentes cancerígenos o mutágenos, en las actividades
de gestión de residuos.
Del resultado de las visitas, en las que se utilizará un cuestionario de toma de datos, se
elaborará un informe confidencial que recoja las principales deficiencias detectadas y las
recomendaciones de mejora para los centros de trabajo visitados. Se enviará mediante correo
electrónico.
Se elaborará una ficha informativa de la que se editarán y distribuirán 50 unidades entre las
empresas del Sector Metal.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.8 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega de
material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para
los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
De forma general se establecen los siguientes límites:
x Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 50.
x Número total de asesoramientos: 50.
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
- Ficha informativa
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos a AECIM.
2.2.9.Asistencia técnica sobre procedimientos de investigación de accidentes en centros
de trabajo.
BOCM-20250628-5
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 151
x Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este tiempo
incluye todas las tareas necesarias para efectuar dicho asesoramiento; tiempo en la empresa asesorada,
tiempo de desplazamiento y tiempo de trabajos de gabinete). Un total de 400 horas.
2.2.8.Asistencia técnica en el almacenamiento, clasificación y manipulación de residuos
en centros de trabajo de empresas del metal.
Se realizarán 50 visitas a centros de trabajo de empresas del metal que almacenen,
clasifiquen o manipulen residuos, para analizar los riesgos derivados de la exposición a sustancias
químicas peligrosas, con especial atención a agentes cancerígenos o mutágenos, en las actividades
de gestión de residuos.
Del resultado de las visitas, en las que se utilizará un cuestionario de toma de datos, se
elaborará un informe confidencial que recoja las principales deficiencias detectadas y las
recomendaciones de mejora para los centros de trabajo visitados. Se enviará mediante correo
electrónico.
Se elaborará una ficha informativa de la que se editarán y distribuirán 50 unidades entre las
empresas del Sector Metal.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.8 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega de
material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para
los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
De forma general se establecen los siguientes límites:
x Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 50.
x Número total de asesoramientos: 50.
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
- Ficha informativa
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos a AECIM.
2.2.9.Asistencia técnica sobre procedimientos de investigación de accidentes en centros
de trabajo.
BOCM-20250628-5
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