D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
- Cartel divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.
2.2.4.Asistencia técnica para la mejora preventiva del adecuado mantenimiento de los
equipos de trabajo en el sector metal.
Se realizará un análisis para comprobar el adecuado mantenimiento de 200 equipos de
trabajo utilizados habitualmente en el sector que sean máquinas no portátiles, equipos móviles
automotores y de elevación de cargas, (con un máximo de 3 máquinas o equipos de trabajo con
motor por centro de trabajo), conforme a la normativa antes referenciada, por técnicos en
prevención de riesgos laborales.
Se utilizará un cuestionario de toma de datos, con el objetivo de elaborar un informe que
recoja los incumplimientos y medidas a adoptar.
Se elaborará un cartel divulgativo con los principales riesgos relativos a los equipos de
trabajo en los centros de trabajo. Se imprimirán 200 ejemplares de este cartel.
Las empresas participantes recibirán un informe confidencial individualizado de las
máquinas de las que se le hayan analizado en el que se incluya las deficiencias detectadas en el
mantenimiento para cada una de ellas, las condiciones de seguridad correctas que deben
mantenerse, las mejoras que se puedan realizar, además de una instrucción de trabajo por
máquina.
En caso necesario, se recomendará que la empresa acuda a su modalidad preventiva. Se
indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de
obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la
normativa que lo desarrolla. Enviándose el informe confidencial a la empresa por correo electrónico
y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la materia, la empresa
podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.4 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
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BOCM-20250628-5
x
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
- Cartel divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.
2.2.4.Asistencia técnica para la mejora preventiva del adecuado mantenimiento de los
equipos de trabajo en el sector metal.
Se realizará un análisis para comprobar el adecuado mantenimiento de 200 equipos de
trabajo utilizados habitualmente en el sector que sean máquinas no portátiles, equipos móviles
automotores y de elevación de cargas, (con un máximo de 3 máquinas o equipos de trabajo con
motor por centro de trabajo), conforme a la normativa antes referenciada, por técnicos en
prevención de riesgos laborales.
Se utilizará un cuestionario de toma de datos, con el objetivo de elaborar un informe que
recoja los incumplimientos y medidas a adoptar.
Se elaborará un cartel divulgativo con los principales riesgos relativos a los equipos de
trabajo en los centros de trabajo. Se imprimirán 200 ejemplares de este cartel.
Las empresas participantes recibirán un informe confidencial individualizado de las
máquinas de las que se le hayan analizado en el que se incluya las deficiencias detectadas en el
mantenimiento para cada una de ellas, las condiciones de seguridad correctas que deben
mantenerse, las mejoras que se puedan realizar, además de una instrucción de trabajo por
máquina.
En caso necesario, se recomendará que la empresa acuda a su modalidad preventiva. Se
indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de
obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la
normativa que lo desarrolla. Enviándose el informe confidencial a la empresa por correo electrónico
y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la materia, la empresa
podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.4 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
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