D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
x
Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 3
x
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 27
x
Número total de asesoramientos: 80
x
Contenido de la visita:
o
Pág. 145
Material de apoyo a emplear:
- Tríptico divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos a AECIM.
2.2.3.Asistencia técnica para el análisis de los riesgos en las estanterías metálicas en
centros de trabajo del sector metal.
Se elaborará un documento de toma de datos en las que se analizarán los diversos
aspectos a tener en cuenta en la inspección técnica de estanterías.
Para el cumplimiento de estos objetivos se realizarán 70 visitas a centros de trabajo de
empresas del sector metal y se elaborará un cartel divulgativo con los principales riesgos relativos
a las estanterías metálicas en los centros de trabajo. Se imprimirán 70 ejemplares de este cartel.
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la visita
técnica. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla. Enviándose el informe confidencial a la empresa por
correo electrónico, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la
materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.3 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1. según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 70
x Número total de asesoramientos: 70
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
BOCM-20250628-5
41
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
x
Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 3
x
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 27
x
Número total de asesoramientos: 80
x
Contenido de la visita:
o
Pág. 145
Material de apoyo a emplear:
- Tríptico divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos a AECIM.
2.2.3.Asistencia técnica para el análisis de los riesgos en las estanterías metálicas en
centros de trabajo del sector metal.
Se elaborará un documento de toma de datos en las que se analizarán los diversos
aspectos a tener en cuenta en la inspección técnica de estanterías.
Para el cumplimiento de estos objetivos se realizarán 70 visitas a centros de trabajo de
empresas del sector metal y se elaborará un cartel divulgativo con los principales riesgos relativos
a las estanterías metálicas en los centros de trabajo. Se imprimirán 70 ejemplares de este cartel.
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la visita
técnica. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla. Enviándose el informe confidencial a la empresa por
correo electrónico, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la
materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.3 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1. según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 70
x Número total de asesoramientos: 70
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
BOCM-20250628-5
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