C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250627-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2073/2025, de 13 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028, aprobado por la Orden 572/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 114

VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 152

Dos. El apartado E) Efectos, de la línea de subvención III.5. Becas para el estudio de
programas de segunda oportunidad, queda redactado del siguiente modo:
”E) Efectos:
Cumplimiento de los objetivos generales y específico planteados.
Se estima la concesión de aproximadamente 6.000 becas para el estudio de Programas
de Segunda Oportunidad en cada curso”.
Tres. El título de la línea de subvención III.7. Ayudas a ayuntamientos para la realización del Programa “Patios Abiertos”, actividades extraescolares en colegios públicos de
la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos en días no lectivos, queda
redactado del siguiente modo:
«III.7. Ayudas a ayuntamientos para la realización del programa “Patios Abiertos”,
de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios Abiertos en días no lectivos”».
Cuatro. El apartado B) Coste presupuestario, de la línea de subvención III.7. Ayudas
a ayuntamientos para la realización del Programa “Patios Abiertos”, actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos en días no lectivos, queda redactado del siguiente modo:
«B) Coste presupuestario:
Para la financiación de estas ayudas se dispondrá para cada curso escolar de un total
de 8.000.000 euros, con cargo al Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al
Estudio”, subconcepto 46309. El gasto se realiza en las dos anualidades del curso escolar».
Segundo
Efectos y publicación
TÍN

Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma y se publicará en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de junio de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20250627-21

(03/9.856/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791