D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
27
CONVENIO de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial
de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la
realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028.
De una parte, la Excma. Sra. Doña Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, nombrada por Decreto 40/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante IRSST), según lo dispuesto en el art. 1.3 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que asigna al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con carácter nato,
dicha presidencia, y de acuerdo a las competencias de este puesto, recogidas en el art. 8.1.a)
de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del IRSST.
Y de otra parte D. Francisco Aranda Manzano, como Apoderado de UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte (en adelante UNO), según escritura de elevación a público de acuerdos sociales, autorizada por el notario de Madrid D. Antonio PérezCoca Crespo, el día 25 de junio de 2024, con el número 3248 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y,
1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 26 de diciembre
de 2024 el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2025-2028 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el vigente Plan Director constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de marzo, General
de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto, para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un lado, conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por otro, lograr la
mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los trabajadores,
contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar la suscripción de convenios con los agentes sociales firmantes del Plan Director de Prevención
de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que la línea de
subvención prevista en el presente convenio se financiará con cargo al capítulo IV del Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del Plan Director de Prevención
de Riesgos laborales vigente, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la
Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud
en el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de noviembre), en
BOCM-20250627-27
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CONVENIO de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial
de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la
realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028.
De una parte, la Excma. Sra. Doña Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, nombrada por Decreto 40/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante IRSST), según lo dispuesto en el art. 1.3 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que asigna al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con carácter nato,
dicha presidencia, y de acuerdo a las competencias de este puesto, recogidas en el art. 8.1.a)
de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del IRSST.
Y de otra parte D. Francisco Aranda Manzano, como Apoderado de UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte (en adelante UNO), según escritura de elevación a público de acuerdos sociales, autorizada por el notario de Madrid D. Antonio PérezCoca Crespo, el día 25 de junio de 2024, con el número 3248 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y,
1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 26 de diciembre
de 2024 el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2025-2028 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el vigente Plan Director constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de marzo, General
de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto, para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un lado, conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por otro, lograr la
mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los trabajadores,
contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar la suscripción de convenios con los agentes sociales firmantes del Plan Director de Prevención
de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que la línea de
subvención prevista en el presente convenio se financiará con cargo al capítulo IV del Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del Plan Director de Prevención
de Riesgos laborales vigente, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la
Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud
en el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de noviembre), en
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