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Convenio –  Convenio de colaboración de 12 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid, para la promoción internacional de Madrid como destino turístico
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B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

Con cargo a la aportación de la Comunidad de Madrid se financiará el 50% de los costes de los recursos señalados en el Anexo III.
Para cada tipo de gasto se establece la siguiente documentación:
a) Gastos de personal:
Los gastos de personal incluyen:
— Los costes salariales, calculados en función de las tablas y categorías del Convenio de IFEMA Madrid. A estos costes se añaden las características específicas relativas a antigüedad, indemnizaciones relativas a personal dedicado en
exclusiva a este Proyecto y complementos derivados del convenio de IFEMA
Madrid vigente.
— Los conceptos relacionados con Seguridad Social y salario de los gastos de
personal para la realización de las actividades recogidas en el convenio. Los
costes de Seguridad Social se calculan en función de las tablas de aplicación.
— Los gastos de personal serán proporcionales a la dedicación realizada en el
desarrollo de las acciones indicadas y al período de vigencia del convenio, los
cuales se contabilizan desde la firma y hasta su finalización.
Estos gastos se justificarán mediante certificación detallada suscrita por persona
con poder suficiente de los gastos de personal imputados al convenio (con indicación de las personas, dedicación de cada trabajador al Proyecto y coste correspondiente adjuntando nóminas de los trabajadores, recibo de liquidación de cotizaciones y relación nominal de trabajadores).
En el Anexo III se estiman los gastos de personal para cada actividad y de recursos
humanos de apoyo que seguirán este proceso de justificación, estableciéndose una
dedicación en función de cada actividad en función de la categoría y del departamento adscrito.
b) Gastos por subcontratación de actividades:
Los gastos por subcontratación corresponden a las actuaciones contempladas en la
cláusula segunda del convenio que IFEMA Madrid subcontrate con terceros. Estos
gastos se justificarán mediante certificación detallada suscrita con poder suficiente de los gastos derivados de las actividades adjuntando los contratos, facturas o documentos justificativos del gasto y los documentos acreditativos del pago suscrita
por persona con poder suficiente de los gastos derivados de las actividades.
La documentación correspondiente a la justificación del gasto deberá presentarse antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente a la anualidad justificada, sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 para Madrid Destino.
En caso de que la justificación anual de las actividades previstas en el presente convenio resultara inferior a la aportación económica realizada en cada ejercicio por la Comunidad de Madrid, la cantidad no utilizada se acumulará a la aportación del ejercicio posterior
para ser utilizada bajo los mismos términos. Los gastos a justificar en cada anualidad serán
los realizados hasta 31 de diciembre Si a la finalización del 2027 las aportaciones de la Comunidad de Madrid realizadas a IFEMA Madrid no se hubiesen justificado en su totalidad,
dicho remanente se reintegrará a la Comunidad de Madrid.
Asimismo, IFEMA Madrid estará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tribunal de Cuentas y la
Cámara de Cuentas.
2. La aportación de Madrid Destino se destinará a financiar acciones conjuntas propuestas por la Mesa de expertos y aprobadas por el Comité de Valoración.
La justificación de los gastos a Madrid Destino se limitará a las acciones conjuntas
aprobadas por el Comité de Valoración con la presentación de una memoria explicativa de
las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución del convenio, así como de los resultados obtenidos (Memoria de Actividades y Memoria de Evaluación).
La justificación de gastos se realizará con periodicidad semestral. Al reporte semestral
se sumarán el reporte anual a la finalización de cada ejercicio presupuestario y el total a la
finalización de la vigencia del convenio.
Para posibilitar el cierre de cuentas de Madrid Destino de cada ejercicio presupuestario, IFEMA Madrid se compromete a entregar a esta entidad entre el 5 y el 15 de enero del
ejercicio siguiente una Declaración en la que haga constar el importe de los gastos incurridos a fecha de 31 de diciembre, con el compromiso de entregar la documentación justificativa antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente al justificado. Si la Declaración no pudie-

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