D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250626-45)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid, para la promoción internacional de Madrid como destino turístico
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BOCM
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 151
“Madrid Turismo by IFEMA” (en adelante “el Proyecto”), para la consecución de los siguientes objetivos:
1. La mejora del posicionamiento turístico de la Comunidad de Madrid y de la ciudad de Madrid en mercados internacionales emisores de turismo, así como el fortalecimiento de la marca Madrid en el ámbito internacional a través del desarrollo de actuaciones conjuntas de promoción y comercialización turística que redunden en el interés general de la
actividad económica madrileña y en el conjunto de sus ciudadanos
2. El incremento del impacto de la actividad de promoción y comercialización turística de la Comunidad de Madrid y de la ciudad de Madrid bajo criterios de eficiencia, calidad, sostenibilidad.
3. El establecimiento de los cauces y herramientas que permitan la planificación coordinada de la actividad promocional del destino Madrid mediante la participación de las
entidades públicas y el asesoramiento de las asociaciones y empresas madrileñas más representativas.
Segunda
Finalidades del Proyecto
La Comunidad de Madrid, Madrid Destino e IFEMA Madrid colaborarán en la realización de actuaciones conjuntas para la planificación, desarrollo y evaluación de la promoción turística de la ciudad de Madrid y de la región en mercados internacionales.
La colaboración se desarrollará:
1. Mediante la planificación de la actividad de promoción y comercialización turística conjunta del destino Madrid en mercados emisores internacionales en colaboración con
el sector turístico madrileño.
Para ello se constituirá, dentro del Proyecto, un órgano de asesoramiento, denominado
Mesa de Expertos del Turismo de Madrid, que se dinamizará con la creación de mesas o grupos de trabajo específicos que permitan identificar las prioridades y necesidades concretas
del sector para cada ámbito estratégico o grupo de mercados emisores internacionales.
Las propuestas presentadas por la Mesa de Expertos del Turismo de Madrid se valorarán y, en su caso, se aprobarán por el Comité de Valoración de Proyectos.
2. Mediante la elaboración de propuestas o planes de acción conjuntos para la promoción en mercados internacionales a criterio del Comité de Valoración por motivos de
oportunidad.
El Comité de Valoración es el órgano a través del cual se aprueban las acciones promocionales de acuerdo a las aportaciones de cada una de las partes según lo establecido en
el apartado C del Anexo I.
La estructura y funcionamiento de la Mesa de Expertos del Turismo de Madrid, de las mesas o grupos de trabajo específicos y del Comité de Valoración, se desarrollan en el Anexo I.
El contenido del plan de acción anual con las acciones de promoción a ejecutar y la comunicación y evaluación de los resultados se describe en el Anexo II.
Tercera
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se compromete dentro de sus competencias a realizar las siguientes actuaciones:
a) Participar con las otras dos partes firmantes en la definición y diseño de los procedimientos y procesos necesarios para la puesta en marcha del Proyecto.
b) Otorgar, a todos los efectos, carácter institucional a todas las actividades que se
realicen al amparo del presente convenio, por cuanto las mismas contribuyen a alcanzar los objetivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en ejecución
de sus competencias en materia de promoción turística.
c) Cogestionar con las otras dos partes firmantes la Mesa de Expertos del Turismo de
Madrid, así como las mesas y grupos de trabajo específicos, y el Comité de Valoración de Proyectos.
d) Poner a disposición del Proyecto aquellos estudios y diagnósticos que, elaborados
por la Comunidad de Madrid como parte de su actividad propia, sean de interés
para el buen fin de este convenio.
e) Destacar la comunicación de todas las actividades que se realicen al amparo del
presente convenio en la web y redes sociales de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250626-45
Obligaciones de las partes
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 151
“Madrid Turismo by IFEMA” (en adelante “el Proyecto”), para la consecución de los siguientes objetivos:
1. La mejora del posicionamiento turístico de la Comunidad de Madrid y de la ciudad de Madrid en mercados internacionales emisores de turismo, así como el fortalecimiento de la marca Madrid en el ámbito internacional a través del desarrollo de actuaciones conjuntas de promoción y comercialización turística que redunden en el interés general de la
actividad económica madrileña y en el conjunto de sus ciudadanos
2. El incremento del impacto de la actividad de promoción y comercialización turística de la Comunidad de Madrid y de la ciudad de Madrid bajo criterios de eficiencia, calidad, sostenibilidad.
3. El establecimiento de los cauces y herramientas que permitan la planificación coordinada de la actividad promocional del destino Madrid mediante la participación de las
entidades públicas y el asesoramiento de las asociaciones y empresas madrileñas más representativas.
Segunda
Finalidades del Proyecto
La Comunidad de Madrid, Madrid Destino e IFEMA Madrid colaborarán en la realización de actuaciones conjuntas para la planificación, desarrollo y evaluación de la promoción turística de la ciudad de Madrid y de la región en mercados internacionales.
La colaboración se desarrollará:
1. Mediante la planificación de la actividad de promoción y comercialización turística conjunta del destino Madrid en mercados emisores internacionales en colaboración con
el sector turístico madrileño.
Para ello se constituirá, dentro del Proyecto, un órgano de asesoramiento, denominado
Mesa de Expertos del Turismo de Madrid, que se dinamizará con la creación de mesas o grupos de trabajo específicos que permitan identificar las prioridades y necesidades concretas
del sector para cada ámbito estratégico o grupo de mercados emisores internacionales.
Las propuestas presentadas por la Mesa de Expertos del Turismo de Madrid se valorarán y, en su caso, se aprobarán por el Comité de Valoración de Proyectos.
2. Mediante la elaboración de propuestas o planes de acción conjuntos para la promoción en mercados internacionales a criterio del Comité de Valoración por motivos de
oportunidad.
El Comité de Valoración es el órgano a través del cual se aprueban las acciones promocionales de acuerdo a las aportaciones de cada una de las partes según lo establecido en
el apartado C del Anexo I.
La estructura y funcionamiento de la Mesa de Expertos del Turismo de Madrid, de las mesas o grupos de trabajo específicos y del Comité de Valoración, se desarrollan en el Anexo I.
El contenido del plan de acción anual con las acciones de promoción a ejecutar y la comunicación y evaluación de los resultados se describe en el Anexo II.
Tercera
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se compromete dentro de sus competencias a realizar las siguientes actuaciones:
a) Participar con las otras dos partes firmantes en la definición y diseño de los procedimientos y procesos necesarios para la puesta en marcha del Proyecto.
b) Otorgar, a todos los efectos, carácter institucional a todas las actividades que se
realicen al amparo del presente convenio, por cuanto las mismas contribuyen a alcanzar los objetivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en ejecución
de sus competencias en materia de promoción turística.
c) Cogestionar con las otras dos partes firmantes la Mesa de Expertos del Turismo de
Madrid, así como las mesas y grupos de trabajo específicos, y el Comité de Valoración de Proyectos.
d) Poner a disposición del Proyecto aquellos estudios y diagnósticos que, elaborados
por la Comunidad de Madrid como parte de su actividad propia, sean de interés
para el buen fin de este convenio.
e) Destacar la comunicación de todas las actividades que se realicen al amparo del
presente convenio en la web y redes sociales de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250626-45
Obligaciones de las partes