D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250626-31)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de CC. OO. (USMR-CC. OO.), para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

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concedida como al Convenio de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 8 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como en el
artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones impuestas, a efectos de publicidad del
presente convenio, tanto a la entidad concedente como a la correspondiente secretaría general técnica en
virtud de lo establecido en el artículo 7.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, así como en los artículos 13 y
siguientes del Decreto 48/2019,de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, la Administración concedente deberá remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas en los términos
establecidos en el artículo 20 del mismo cuerpo legal.

VIGESIMOTERCERA: CONTROVERSIAS Y CONFLICTOS.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, modificación, extinción y efectos que
pudieran derivarse del cumplimiento, interpretación y ejecución serán de conocimiento y competencia del
orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de la función interpretativa de la Comisión
de Seguimiento del convenio establecida en la cláusula DECIMOCUARTA del presente convenio de
conformidad con lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes suscriben el presente convenio,
a un solo efecto, a la fecha de la última firma.

BOCM-20250626-31

Madrid, a 18 de junio de 2025.—Por el IRSST: La Presidenta del Consejo de Administración, Rocío Albert López-Ibor.—POR USMR-CC. OO.: El Secretario de Organización,
Jorge Manuel Martínez González; la Secretaria de Trabajo y Nuevas Realidades, María de
la Fe Sastre de Pedro; la Secretaria de las Mujeres, Lidia Fernández Montes.