D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250626-31)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de CC. OO. (USMR-CC. OO.), para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
99 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 138
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
x
B.O.C.M. Núm. 151
Tipo de consulta: Las consultas podrán ser telefónicas, presenciales en sede, a través de
la página web, vía email, o cualquier vía que se pongan en contacto con cualquiera del
personal asignado al convenio.
x
Número mínimo de consultas estimadas a realizar: 3.470
x
El personal que realizará las visitas será: Letrado, técnicas/os de prevención de nivel
superior, intermedio, básico. Recursos propios.
2.6. Documentación técnica: :
Consiste en la elaboración, edición y distribución de libros o manuales que desarrollan algún
aspecto preventivo, ya sea técnico-científico o legal. De conformidad con las “Recomendaciones
acerca de los Índices Estadísticos Internacionales que caracterizan la Publicación de Libros y
Publicaciones Periódicas” de la UNESCO, se entenderá por:
Libros y manuales: Las publicaciones impresas de 49 o más páginas (más de tres pliegos
de 16 páginas), excluyendo las cubiertas y las páginas de títulos.
Folleto: La publicación no menor a 5 páginas ni mayor de 48.
En todo caso, se podrá considerar documentación técnica aquella que, aunque tenga
menos de 49 páginas, debido a su complejo contenido técnico o jurídico vaya dirigida a personal
especialista en la materia, sin perjuicio de cumplir con los requisitos establecidos para las
acciones de divulgación y difusión de la presente cláusula, en cuanto tipología del documento
(folleto, díptico, tríptico, cuadríptico, etc.).
A efectos del cumplimiento del compromiso de distribución de la documentación técnica
que adquiere el beneficiario, no se considera como distribución el envío de documentación a otras
dependencias del beneficiario, de forma que el compromiso se circunscribe exclusivamente a la
entrega al destinatario final.
No obstante, cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias, stands,
puntos móviles informativos y otros actos similares realizados por la beneficiaria, se justificará la
entrega a las personas destinatarias finales mediante documento firmado por un representante
de la entidad beneficiaria indicando el número y tipo de los ejemplares distribuidos.
La distribución se realizará, fundamentalmente, a través de los responsables de salud
laboral de todas las federaciones y de todas las comarcas de CCOO de Madrid. En dichos locales,
estará a disposición de toda persona interesada en la materia, pudiéndose colocar en stands fijos o
bien entregar en mano; o igualmente, podrá ser repartido en cursos de salud laboral, jornadas,
visitas de asesoramiento o en cualquiera de las otras actuaciones del presente convenio. Siendo
los destinatarios personas trabajadoras, delegados y delegadas de prevención, personal técnico
preventivo y cualquier persona que tenga interés en la materia.
BOCM-20250626-31
37
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 138
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
x
B.O.C.M. Núm. 151
Tipo de consulta: Las consultas podrán ser telefónicas, presenciales en sede, a través de
la página web, vía email, o cualquier vía que se pongan en contacto con cualquiera del
personal asignado al convenio.
x
Número mínimo de consultas estimadas a realizar: 3.470
x
El personal que realizará las visitas será: Letrado, técnicas/os de prevención de nivel
superior, intermedio, básico. Recursos propios.
2.6. Documentación técnica: :
Consiste en la elaboración, edición y distribución de libros o manuales que desarrollan algún
aspecto preventivo, ya sea técnico-científico o legal. De conformidad con las “Recomendaciones
acerca de los Índices Estadísticos Internacionales que caracterizan la Publicación de Libros y
Publicaciones Periódicas” de la UNESCO, se entenderá por:
Libros y manuales: Las publicaciones impresas de 49 o más páginas (más de tres pliegos
de 16 páginas), excluyendo las cubiertas y las páginas de títulos.
Folleto: La publicación no menor a 5 páginas ni mayor de 48.
En todo caso, se podrá considerar documentación técnica aquella que, aunque tenga
menos de 49 páginas, debido a su complejo contenido técnico o jurídico vaya dirigida a personal
especialista en la materia, sin perjuicio de cumplir con los requisitos establecidos para las
acciones de divulgación y difusión de la presente cláusula, en cuanto tipología del documento
(folleto, díptico, tríptico, cuadríptico, etc.).
A efectos del cumplimiento del compromiso de distribución de la documentación técnica
que adquiere el beneficiario, no se considera como distribución el envío de documentación a otras
dependencias del beneficiario, de forma que el compromiso se circunscribe exclusivamente a la
entrega al destinatario final.
No obstante, cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias, stands,
puntos móviles informativos y otros actos similares realizados por la beneficiaria, se justificará la
entrega a las personas destinatarias finales mediante documento firmado por un representante
de la entidad beneficiaria indicando el número y tipo de los ejemplares distribuidos.
La distribución se realizará, fundamentalmente, a través de los responsables de salud
laboral de todas las federaciones y de todas las comarcas de CCOO de Madrid. En dichos locales,
estará a disposición de toda persona interesada en la materia, pudiéndose colocar en stands fijos o
bien entregar en mano; o igualmente, podrá ser repartido en cursos de salud laboral, jornadas,
visitas de asesoramiento o en cualquiera de las otras actuaciones del presente convenio. Siendo
los destinatarios personas trabajadoras, delegados y delegadas de prevención, personal técnico
preventivo y cualquier persona que tenga interés en la materia.
BOCM-20250626-31
37