El Escorial (BOCM-20250624-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 484
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 149
Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado el plazo hasta el día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales; asimismo autoriza la realización de las analíticas para la detección de tóxicos. Si el aspirante se negara a la realización de dichos análisis, el Tribunal
podrá excluirle del proceso selectivo.
4.3. Forma de presentación: Las solicitudes de participación en el procedimiento selectivo, se cursarán en el modelo oficial de instancia que se facilitará en:
— Presencialmente en el registro general del Ayuntamiento de El Escorial, Plaza de
España número 1, o en cualquiera de los registros municipales habilitados.
— Electrónicamente: A través del apartado de trámites/solicitud de admisión a pruebas selectivas de la sede electrónica.
4.4. Documentos a adjuntar: Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se
establecen en la Base 3.
Las solicitudes (Anexo IV) serán acompañadas, en su presentación, por los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Recibo de haber abonado los derechos de examen de 15,42 euros y que deberá ingresarse en la cuenta municipal número: ES68 0049 5180 1921 1001 0016. El
cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente, dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en
fase de subsanación, la acreditación de su realización en el plazo indicado.
c) Autorización, debidamente firmada para someterse a las pruebas médicas (Anexo V).
d) Documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. Se adjuntará relación de los méritos alegados y ordenados según el baremo que figura
en las presentes Bases, acompañado de las correspondientes fotocopias ordenadas
y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en los que deben constar la fecha de realización y el número de horas
de formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de solicitudes, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de los documentos, siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los
originales correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado
5.1. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: Expirado el plazo de
presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con
indicación de las causas de la exclusión, y se hará pública en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento de El Escorial. La publicación de dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes excluidas con su correspondiente documento nacional de identidad, con indicación de las causas de
inadmisión. Asimismo, en dicha resolución se hará pública la designación de los miembros
que componen el Tribunal Calificador.
5.2. Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: Los
aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de dicha resolución a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado
no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará la relación
provisional automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución
con el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios y edictos
electrónico del Ayuntamiento de El Escorial.
BOCM-20250624-47
5. Admisión de aspirantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 484
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 149
Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado el plazo hasta el día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales; asimismo autoriza la realización de las analíticas para la detección de tóxicos. Si el aspirante se negara a la realización de dichos análisis, el Tribunal
podrá excluirle del proceso selectivo.
4.3. Forma de presentación: Las solicitudes de participación en el procedimiento selectivo, se cursarán en el modelo oficial de instancia que se facilitará en:
— Presencialmente en el registro general del Ayuntamiento de El Escorial, Plaza de
España número 1, o en cualquiera de los registros municipales habilitados.
— Electrónicamente: A través del apartado de trámites/solicitud de admisión a pruebas selectivas de la sede electrónica.
4.4. Documentos a adjuntar: Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se
establecen en la Base 3.
Las solicitudes (Anexo IV) serán acompañadas, en su presentación, por los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Recibo de haber abonado los derechos de examen de 15,42 euros y que deberá ingresarse en la cuenta municipal número: ES68 0049 5180 1921 1001 0016. El
cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente, dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en
fase de subsanación, la acreditación de su realización en el plazo indicado.
c) Autorización, debidamente firmada para someterse a las pruebas médicas (Anexo V).
d) Documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. Se adjuntará relación de los méritos alegados y ordenados según el baremo que figura
en las presentes Bases, acompañado de las correspondientes fotocopias ordenadas
y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en los que deben constar la fecha de realización y el número de horas
de formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de solicitudes, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de los documentos, siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los
originales correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado
5.1. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: Expirado el plazo de
presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con
indicación de las causas de la exclusión, y se hará pública en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento de El Escorial. La publicación de dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes excluidas con su correspondiente documento nacional de identidad, con indicación de las causas de
inadmisión. Asimismo, en dicha resolución se hará pública la designación de los miembros
que componen el Tribunal Calificador.
5.2. Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: Los
aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de dicha resolución a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado
no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará la relación
provisional automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución
con el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios y edictos
electrónico del Ayuntamiento de El Escorial.
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5. Admisión de aspirantes