B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250620-3)
Relación puestos de trabajo –  Resolución de 6 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de los Partidos Judiciales donde se constituirán los Tribunales de Instancia del ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid el 1 de julio de 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 146

nes de puestos de trabajo de las Oficinas judiciales validado por la Conferencia Sectorial de
Administración de Justicia.
El complemento general de puesto se corresponde con el de los puestos tipo de las distintas unidades que integran la Oficinas judiciales, así como otros servicios no jurisdiccionales, determinados mediante Real Decreto, cuyas cuantías se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, según lo dispuesto en el artículo 519.2 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial.
En cuanto al complemento específico, el básico, que corresponde a los puestos de trabajo genéricos, en la definición dada por el artículo 521.3.B) de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, estará conformado por las cuantías que se establecen como complemento transitorio de la Comunidad de Madrid además de las previstas por programas concretos de actuación, recogidas en el Acuerdo de 30 de julio de 2003, conforme al Acuerdo Sectorial para
el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Acuerdo
del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2024.
En su artículo 522.2, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que las comunidades autónomas con competencias asumidas, previa negociación con las organizaciones sindicales, elaborarán y aprobarán, mediante resolución de la persona titular del centro directivo que tenga atribuida esta competencia, las relaciones de puestos de trabajo en que se
ordenen los puestos de trabajo de las oficinas y unidades previstas en el artículo 520.1, correspondientes a su ámbito de actuación. Añadiendo que, antes de su aprobación, deberán
comunicarlas al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
A su vez, el artículo 521.3.A) faculta al órgano competente de las comunidades autónomas para la gestión del personal, para la formulación de la relación de puestos de trabajo en sus respectivos ámbitos territoriales.
Mediante Orden de 11 de abril de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local se ha determinado, en el ámbito de competencias de la Comunidad de
Madrid, el diseño y la estructura de las Oficinas de justicia para los Tribunales de Instancia
incluidos en la primera y en la segunda fase, conforme al modelo organizativo previsto en
la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
Mediante Órdenes de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se han modificado las relaciones de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para su adecuación a la relación de puestos de
trabajo de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas en su primera fase de implantación.
Se ha comunicado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con carácter previo a su aprobación, la relación de puestos de trabajo objeto de esta
resolución.
En razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Administración de Justicia y comunicación al Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 16.a) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
RESUELVO
Primero
La presente resolución tiene por objeto la publicación de la relación de puestos de trabajo, según Anexo I y la tabla de códigos en Anexo II, de las Oficinas de Asistencia a las
Víctimas que prestan asistencia en los Partidos Judiciales en los que, conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se constituirán los Tribunales de Instancia el 1 de julio de 2025, según se especifica:
— Alcorcón.
— Aranjuez.
— Arganda del Rey.
— Collado Villalba.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— Leganés.
— Navalcarnero.

BOCM-20250620-3

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