A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250619-1)
Organización AMAPAD – Decreto 37/2025, de 18 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización administrativa de la Dirección de la Agencia Madrileña para el Apoyo a Personas Adultas con Discapacidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 145
JUEVES 19 DE JUNIO DE 2025
Pág. 9
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de
Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 18 de junio de 2025,
DISPONE
Artículo 1
Órganos de gobierno
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, los órganos de gobierno de la Agencia son:
a) El consejo de administración.
b) El presidente.
c) El director.
Artículo 2
Consejo de administración
1. El consejo de administración es el órgano colegiado de dirección, planificación,
control y supervisión de la actividad de la Agencia.
2. El consejo de administración tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 15 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 3
Presidencia
1. Ostentará la presidencia de la Agencia el titular de la consejería competente en
materia de servicios sociales.
2. El presidente de la Agencia tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 19 de
la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 4
Dirección
La Dirección de la Agencia tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 21 de
la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 5
Organización administrativa dependiente de la Dirección
La Dirección de la Agencia, para el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,
se organiza en:
a) Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa.
b) Subdirección General de Gestión Jurídico-Social.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Modificación de la relación de puestos de trabajo, plantilla y créditos presupuestarios
1. La consejería competente en materia de hacienda procederá a formalizar las modificaciones de la relación de puestos de trabajo, de la plantilla presupuestaria y de los créditos presupuestarios que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este decreto.
BOCM-20250619-1
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este decreto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 145
JUEVES 19 DE JUNIO DE 2025
Pág. 9
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de
Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 18 de junio de 2025,
DISPONE
Artículo 1
Órganos de gobierno
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, los órganos de gobierno de la Agencia son:
a) El consejo de administración.
b) El presidente.
c) El director.
Artículo 2
Consejo de administración
1. El consejo de administración es el órgano colegiado de dirección, planificación,
control y supervisión de la actividad de la Agencia.
2. El consejo de administración tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 15 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 3
Presidencia
1. Ostentará la presidencia de la Agencia el titular de la consejería competente en
materia de servicios sociales.
2. El presidente de la Agencia tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 19 de
la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 4
Dirección
La Dirección de la Agencia tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 21 de
la Ley 1/2023, de 15 de febrero.
Artículo 5
Organización administrativa dependiente de la Dirección
La Dirección de la Agencia, para el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,
se organiza en:
a) Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa.
b) Subdirección General de Gestión Jurídico-Social.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Modificación de la relación de puestos de trabajo, plantilla y créditos presupuestarios
1. La consejería competente en materia de hacienda procederá a formalizar las modificaciones de la relación de puestos de trabajo, de la plantilla presupuestaria y de los créditos presupuestarios que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este decreto.
BOCM-20250619-1
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este decreto.