D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250614-16)
Convenio –  Convenio de 23 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la Fundación Fad Juventud, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa por importe de 120.000 euros para financiar el desarrollo de acciones en materia de prevención de conductas adictivas dirigidas a jóvenes y adolescentes de la Comunidad de Madrid. Año 2025
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BOCM

SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 141

Al evaluar la adecuación del nivel de seguridad, el Encargado tendrá en cuenta los
riesgos que presente el tratamiento de datos, en particular como consecuencia de
la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales
transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no
autorizados a esos datos.
El Encargado del Tratamiento permitirá y contribuirá a la realización de auditorías e
inspecciones, por parte del Responsable o de otro auditor autorizado por él.
Asimismo, en caso de modificación de la normativa vigente en materia de protección
de datos o de otra normativa relacionada y que resultase aplicable al tratamiento
objeto del Convenio de referencia, el Encargado garantiza la implantación y
mantenimiento de cualesquiera otras medidas de seguridad que le fueran exigibles,
sin que ello suponga una modificación de los términos de este convenio.
En caso de violación de la seguridad de los datos personales en los sistemas de
información utilizados por el Encargado para la prestación de los servicios objeto
del convenio, este deberá notificar al Responsable, sin dilación indebida, y en
cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas hábiles, las violaciones de la
seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento,
juntamente con toda la información relevante para la documentación y
comunicación de la incidencia conforme a lo dispuesto en el artículo 33.3 del RGPD.
En tal caso, corresponderá al Responsable comunicar las violaciones de seguridad
de los datos a la Autoridad de Protección de Datos y/o a los interesados conforme
a lo establecido en la normativa vigente. Y en cualquier otro caso cuando así sea
de aplicación conforme a lo establecido en la normativa vigente.

SÉPTIMA.- DESTINO DE LOS DATOS AL FINALIZAR EL CONVENIO
Una vez cumplido o resuelto convenio, el Encargado deberá solicitar al
Responsable instrucciones precisas sobre el destino de los datos personales de su
responsabilidad, pudiendo elegir este último entre su devolución, remisión a otro
prestador de servicios o destrucción íntegra, siempre que no exista previsión legal
que exija la conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a su
destrucción.
El Encargado podrá conservar, debidamente bloqueados, los datos personales
responsabilidad del Responsable, en tanto pudieran derivarse responsabilidades de
su relación con él.

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