El Escorial (BOCM-20250612-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 272
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
primero, mejor puntuación en el segundo ejercicio, segundo, mejor puntuación en el primer
ejercicio y tercero mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. En caso
de persistir el empate, se realizará un sorteo.
Undécima
Finalización fases de concurso oposición.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, a través del tablón de
anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de aspirantes que
hubieran superado la fase de concurso-oposición por orden de puntuación.
Simultáneamente el Tribunal propondrá a la Alcaldía-Presidencia la formalización del
nombramiento como funcionarios de carrera y/o personal laboral fijo de los candidatos que
hubieran obtenido la calificación definitiva más elevada, no pudiendo rebasar el número de plazas
convocadas. El órgano de selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncias de
los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento como funcionarios o antes de la
formalización del contrato laboral, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección
una relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como funcionarios de carrera o contratación como personal laboral fijo.
Duodécima
Presentación de documentos.
12.1. Documentos exigibles. Las personas aspirantes propuestas aportarán los documentos
acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases.
Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte.
Fotocopia del Título al que se hace referencia en el apartado de la base 3.c, o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de
la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que
concluyeron los estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
credencial que acredite su homologación
Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala
de funcionariado en el que hubiese producido la separación o inhabilitación.
Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, mediante el ejemplar normalizado que será
formalizado en la el departamento de Recursos Humanos.
Certificado médico de poseer capacidad funcional para desempeñar las tareas encomendadas.
Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de antecedentes
penales. Este certificado deberá estar expedido como máximo dentro de los 30 días anteriores al
día en que finalice el plazo de presentación de documentos.
Original y fotocopia de los certificados alegados en la fase de concurso para su cotejo y compulsa
12.3. Falta de presentación de documentos. Quienes dentro del plazo indicado, salvo casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se deduzca que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas/os y quedarán anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.
Terminado el plazo de presentación de documentos y acreditada el cumplimiento de los requisitos
exigidos se procederá al nombramiento o personal laboral fijo de los/as aspirante propuestos/as.
BOCM-20250612-55
12.2. Plazo. El plazo de presentación de los documentos será como máximo de veinte días
naturales contados a partir del siguiente a la publicación de los candidatos propuestos por el
Tribunal en el Tablón de Anuncios Digital del Ayuntamiento de El Escorial.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 272
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
primero, mejor puntuación en el segundo ejercicio, segundo, mejor puntuación en el primer
ejercicio y tercero mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. En caso
de persistir el empate, se realizará un sorteo.
Undécima
Finalización fases de concurso oposición.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, a través del tablón de
anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de aspirantes que
hubieran superado la fase de concurso-oposición por orden de puntuación.
Simultáneamente el Tribunal propondrá a la Alcaldía-Presidencia la formalización del
nombramiento como funcionarios de carrera y/o personal laboral fijo de los candidatos que
hubieran obtenido la calificación definitiva más elevada, no pudiendo rebasar el número de plazas
convocadas. El órgano de selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncias de
los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento como funcionarios o antes de la
formalización del contrato laboral, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección
una relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como funcionarios de carrera o contratación como personal laboral fijo.
Duodécima
Presentación de documentos.
12.1. Documentos exigibles. Las personas aspirantes propuestas aportarán los documentos
acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases.
Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte.
Fotocopia del Título al que se hace referencia en el apartado de la base 3.c, o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de
la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que
concluyeron los estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
credencial que acredite su homologación
Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala
de funcionariado en el que hubiese producido la separación o inhabilitación.
Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, mediante el ejemplar normalizado que será
formalizado en la el departamento de Recursos Humanos.
Certificado médico de poseer capacidad funcional para desempeñar las tareas encomendadas.
Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de antecedentes
penales. Este certificado deberá estar expedido como máximo dentro de los 30 días anteriores al
día en que finalice el plazo de presentación de documentos.
Original y fotocopia de los certificados alegados en la fase de concurso para su cotejo y compulsa
12.3. Falta de presentación de documentos. Quienes dentro del plazo indicado, salvo casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se deduzca que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas/os y quedarán anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.
Terminado el plazo de presentación de documentos y acreditada el cumplimiento de los requisitos
exigidos se procederá al nombramiento o personal laboral fijo de los/as aspirante propuestos/as.
BOCM-20250612-55
12.2. Plazo. El plazo de presentación de los documentos será como máximo de veinte días
naturales contados a partir del siguiente a la publicación de los candidatos propuestos por el
Tribunal en el Tablón de Anuncios Digital del Ayuntamiento de El Escorial.