Orusco de Tajuña (BOCM-20250610-75)
Organización y funcionamiento. Ordenanza rodaje cinematográfico
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025

Pág. 227

Cuando de la comisión de una infracción derive necesariamente la comisión de otra u otras,
se deberá imponer únicamente la sanción correspondiente a la infracción más grave cometida.
Artículo 32. Concurrencia de sanciones
Cuando un solo hecho constituya dos o más infracciones a la presente ordenanza y a la
diferente normativa prevista en la misma, se sancionará conforme a lo previsto en esta ordenanza y
a la legislación vigente en la materia de que se trate, y por órgano competente.
Artículo 33. Sujetos responsables
Serán sujetos responsables de las infracciones administrativas las personas físicas o
jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ordenanza.
Artículo 34. Competencia y procedimiento
La tramitación y resolución de los procedimientos sancionadores corresponderá a los
órganos competentes del Ayuntamiento de Orusco de Tajuña.
La tramitación de los procedimientos sancionadores se ajustará a lo establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y normas reglamentarias de aplicación en esta materia.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza reguladora, cuya redacción ha sido aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid y se aplicará a partir de esa fecha, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa.

BOCM-20250610-75

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con
sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Orusco de Tajuña, a 30 de mayo de 2025.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/8.652/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791