Alcorcón (BOCM-20250606-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad: la puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo como empleado/a público/a, a razón de
1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional: la puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos:
— Por haber desempeñado como empleado/a público/a o en empresa privada puestos
de trabajo de Peón/a de Mantenimiento de la Ciudad (o denominación similar) u
otros de categoría superior siempre que estén vinculados a oficios (albañilería,
fontanería, carpintería…) se otorgarán 0,25 puntos por mes trabajado.
Será computable el tiempo en el que se haya permanecido desempeñando provisionalmente el puesto de trabajo mediante comisión de servicio, desempeño accidental o similar.
En ningún caso se podrá valorar como experiencia la realización de funciones de superior
retribución.
B.3. Formación: la puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos:
B.3.1. Titulaciones oficiales: por acreditar titulaciones académicas, máximo 2 puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos.
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos.
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.
— Título de Diplomando, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos.
B.3.2. Cursos: por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por
hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir:
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin especificación de número de
horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones
Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración con estas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca
se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso: la calificación final de la fase de concurso
será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, experiencia profesional más la obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web. Los/as aspirantes
dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
C. Puntuación definitiva:
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
BOCM-20250606-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad: la puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo como empleado/a público/a, a razón de
1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional: la puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos:
— Por haber desempeñado como empleado/a público/a o en empresa privada puestos
de trabajo de Peón/a de Mantenimiento de la Ciudad (o denominación similar) u
otros de categoría superior siempre que estén vinculados a oficios (albañilería,
fontanería, carpintería…) se otorgarán 0,25 puntos por mes trabajado.
Será computable el tiempo en el que se haya permanecido desempeñando provisionalmente el puesto de trabajo mediante comisión de servicio, desempeño accidental o similar.
En ningún caso se podrá valorar como experiencia la realización de funciones de superior
retribución.
B.3. Formación: la puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos:
B.3.1. Titulaciones oficiales: por acreditar titulaciones académicas, máximo 2 puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos.
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos.
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.
— Título de Diplomando, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos.
B.3.2. Cursos: por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por
hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir:
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin especificación de número de
horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones
Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración con estas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca
se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso: la calificación final de la fase de concurso
será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, experiencia profesional más la obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web. Los/as aspirantes
dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
C. Puntuación definitiva:
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
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