Alcorcón (BOCM-20250606-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
Pág. 135
ción Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al
punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de
oposición y posteriormente la de concurso.
A. Fase de oposición:
Esta fase consistirá en la realización de 1 ejercicio de carácter obligatorio para todas
las personas aspirantes que constará de dos partes a realizar en una única sesión. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.
A.1. Parte primera: prueba teórica tipo test: consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 40 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que versarán sobre la totalidad del
programa que figura como Anexo I de las presentes bases. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada no tendrá valoración, y la
pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,5 puntos. El Tribunal se reserva el
derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 50 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos.
A.2. Parte segunda: prueba práctica tipo test: la puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 40 minutos.
Consistirá en la resolución de 2 supuestos prácticos relacionados con los temas 4 a 10 incluidos en el programa que figura como Anexo I de las presentes bases, propuestos por el Tribunal y compuesto cada uno de ellos por 15 preguntas, más 3 de reserva, con tres respuestas
alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres opciones en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación
errónea se penalizará con 0,5 puntos.
A.3. Calificación de la fase de oposición: la calificación total del ejercicio será la
suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las partes que lo componen, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido una calificación mínima de 35 puntos siempre que se haya obtenido al menos una puntuación de 16 puntos en la primera parte y de 12
en la segunda.
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que
serán resueltas por el propio Tribunal.
B. Fase de concurso:
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
BOCM-20250606-48
10. Sistema de selección y calificación
B.O.C.M. Núm. 134
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Pág. 135
ción Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al
punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de
oposición y posteriormente la de concurso.
A. Fase de oposición:
Esta fase consistirá en la realización de 1 ejercicio de carácter obligatorio para todas
las personas aspirantes que constará de dos partes a realizar en una única sesión. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.
A.1. Parte primera: prueba teórica tipo test: consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 40 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que versarán sobre la totalidad del
programa que figura como Anexo I de las presentes bases. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada no tendrá valoración, y la
pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,5 puntos. El Tribunal se reserva el
derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 50 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos.
A.2. Parte segunda: prueba práctica tipo test: la puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 40 minutos.
Consistirá en la resolución de 2 supuestos prácticos relacionados con los temas 4 a 10 incluidos en el programa que figura como Anexo I de las presentes bases, propuestos por el Tribunal y compuesto cada uno de ellos por 15 preguntas, más 3 de reserva, con tres respuestas
alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres opciones en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación
errónea se penalizará con 0,5 puntos.
A.3. Calificación de la fase de oposición: la calificación total del ejercicio será la
suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las partes que lo componen, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido una calificación mínima de 35 puntos siempre que se haya obtenido al menos una puntuación de 16 puntos en la primera parte y de 12
en la segunda.
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que
serán resueltas por el propio Tribunal.
B. Fase de concurso:
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
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10. Sistema de selección y calificación