C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250605-33)
Concesión subvenciones – Orden 938/2025, 21 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) para el año 2025, y se establecen sus bases reguladoras
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 133
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE JUNIO DE 2025
Pág. 179
flores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada y Soto del Real, así como otros agentes
socio-económicos implantados en la el territorio, que trabajan fomentando el desarrollo de ésta,
gracias a un modelo de colaboración ecosistémico que refuerza el posicionamiento tanto de la
oferta, como de la demanda turística.
Entre sus fines reconocidos por los estatutos, está colaborar con las administraciones
públicas para desarrollar iniciativas comunes que coincidan con los fines propios; Suplir las
deficiencias de organización y estímulo al desarrollo rural; Promover, apoyar e impulsar actividades en orden a la defensa del Patrimonio cultural, artístico, histórico, arquitectónico y
ambiental y promover y apoyar todo tipo de iniciativas que tengan por objeto la promoción
de actividades de interés general para la comunidad, dentro de la observancia de la legislación aplicable.
Para el desarrollo de las actividades relacionadas con los fines de la Asociación y que
contribuyen al cumplimiento de los objetivos de la Comunidad de Madrid recogidos en su
“Estrategia Turística Regional 2023-2026” —en relación al impulso de los Centros de Innovación Turística—, la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2025 establece una subvención nominativa a favor de la
a favor de la “Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM)”, por importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros).
Asimismo, mediante Orden 2379/2024, de 5 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo y Hostelería para el año 2025, se establece que se imputará a
la partida 48075 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros
(125.000,00 euros) para la concesión directa de una subvención a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM).
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones en lo que constituye legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de
Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de
la Ley 2/1995, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero
De conformidad con el artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, conceder una subvención nominativa al Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM), por importe de ciento veinticinco mil
euros (125.000,00 euros), con cargo a los créditos presupuestarios del Programa 432A,
Subconcepto 48075, adscrito a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y gestionado
por la Dirección General de Turismo y Hostelería, para sufragar los gastos de la Asociación
de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) relacionados el impulso al Centro
de Innovación Turística de la Sierra de Guadarrama.
La subvención nominativa objeto de esta Orden se regirá por las siguientes bases reguladoras:
1. Objeto:
Las presentes bases regulan los términos y condiciones de otorgamiento de la subvención nominativa asignada a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama
(ADESGAM), destinada a sufragar los gastos relacionados con el impulso a la actividad turística del Centro de Innovación Turística de la Sierra de Guadarrama.
2. Beneficiario de la subvención:
De acuerdo con la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2025, la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) ostenta la condición de beneficiaria de una subvención nominativa
por importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), habiendo quedado acredi-
BOCM-20250605-33
Segundo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE JUNIO DE 2025
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flores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada y Soto del Real, así como otros agentes
socio-económicos implantados en la el territorio, que trabajan fomentando el desarrollo de ésta,
gracias a un modelo de colaboración ecosistémico que refuerza el posicionamiento tanto de la
oferta, como de la demanda turística.
Entre sus fines reconocidos por los estatutos, está colaborar con las administraciones
públicas para desarrollar iniciativas comunes que coincidan con los fines propios; Suplir las
deficiencias de organización y estímulo al desarrollo rural; Promover, apoyar e impulsar actividades en orden a la defensa del Patrimonio cultural, artístico, histórico, arquitectónico y
ambiental y promover y apoyar todo tipo de iniciativas que tengan por objeto la promoción
de actividades de interés general para la comunidad, dentro de la observancia de la legislación aplicable.
Para el desarrollo de las actividades relacionadas con los fines de la Asociación y que
contribuyen al cumplimiento de los objetivos de la Comunidad de Madrid recogidos en su
“Estrategia Turística Regional 2023-2026” —en relación al impulso de los Centros de Innovación Turística—, la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2025 establece una subvención nominativa a favor de la
a favor de la “Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM)”, por importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros).
Asimismo, mediante Orden 2379/2024, de 5 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo y Hostelería para el año 2025, se establece que se imputará a
la partida 48075 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros
(125.000,00 euros) para la concesión directa de una subvención a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM).
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones en lo que constituye legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de
Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de
la Ley 2/1995, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero
De conformidad con el artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, conceder una subvención nominativa al Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM), por importe de ciento veinticinco mil
euros (125.000,00 euros), con cargo a los créditos presupuestarios del Programa 432A,
Subconcepto 48075, adscrito a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y gestionado
por la Dirección General de Turismo y Hostelería, para sufragar los gastos de la Asociación
de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) relacionados el impulso al Centro
de Innovación Turística de la Sierra de Guadarrama.
La subvención nominativa objeto de esta Orden se regirá por las siguientes bases reguladoras:
1. Objeto:
Las presentes bases regulan los términos y condiciones de otorgamiento de la subvención nominativa asignada a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama
(ADESGAM), destinada a sufragar los gastos relacionados con el impulso a la actividad turística del Centro de Innovación Turística de la Sierra de Guadarrama.
2. Beneficiario de la subvención:
De acuerdo con la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2025, la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) ostenta la condición de beneficiaria de una subvención nominativa
por importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), habiendo quedado acredi-
BOCM-20250605-33
Segundo