Ciempozuelos (BOCM-20250604-62)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público contra el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
estacionamiento en zona de permanencia limitada y controlada, adoptado por el Pleno del
Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero de 2025, queda dicho acuerdo automáticamente elevado a definitivo, haciéndose público el texto íntegro
en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO
EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA
I. Disposiciones Generales
Artículo 1.—De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa por estacionamiento en zona
de permanencia limitada y controlada, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado texto.
Art. 2.—La tasa que se regula en estas normas tiene por objetivo la consecución de un
mayor equilibrio entre la oferta y la demanda de estacionamiento en las distintas zonas de
la ciudad, desarrollándose para la consecución de dicho objetivo actuaciones de limitación,
control e inversión, que podrán realizarse por el Ayuntamiento bien directamente o bien con
el auxilio de contratas destinadas a dicho servicio.
Las vías públicas comprendidas en lo regulado por esta ordenanza se conocerán por
zona azul, dentro de la cual también quedará incluida la denominada anteriormente zona
verde de uso exclusivo para residentes, y esta protección especial es por ser las de mayor
equipamiento comercial y de administración, lo que conlleva mayor afluencia de ciudadanos y, por tanto, precisa de alta rotación, de atención preferente y de regulación específica.
II. Hecho imponible
Art. 3.—Constituye el hecho imponible el aparcamiento de un vehículo en los lugares
o vías públicas debidamente a continuación señaladas como zonas de estacionamiento vigilado y regulado, aunque no medie solicitud por usuario, así como la utilización de los
aparcamientos de titularidad municipal:
TRAMOS
DESDE
HASTA
ESTACIONAMIENTOS
JERÓNIMO DEL MORAL
FUERZAS ARMADAS
JOSÉ MARÍA BENITO SERRA
15
JOSÉ MARÍA BENITO SERRA
JERÓNIMO DEL MORAL
TRVA. CAPITÁN DE ORO PULIDO
15
BEATA MADRE MARÍA ANTONIA
DE LA MISERICORDIA
TAHONA ANTIGUA
JERÓNIMO DEL MORAL
27
BEATA MADRE MARÍA ANTONIA DE LA
MISERICORDIA
DR. RIVAS
CADENA
6
2
DR. RIVAS
JERÓNIMO DEL MORAL
AVDA. CONSUELO
20
AVDA.CONSUELO
C/ MAYOR
C/ DR. RIVAS
23
C/ MAYOR
AVDA. CONSUELO
PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN
35
C/ CAPITÁN ANTONIO DE ORO
PULIDO
JERÓNIMO DEL MORAL
C/ REINA VICTORIA
16
REINA VICTORIA
C/ CAPITÁN ANTONIO DE ORO PULIDO
C/ ARCO
14
C/ SAN SEBASTIÁN
C/ ARCO
AVDA. CONSUELO
38
TOTAL
211
BOCM-20250604-62
TAHONA ANTIGUA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público contra el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
estacionamiento en zona de permanencia limitada y controlada, adoptado por el Pleno del
Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero de 2025, queda dicho acuerdo automáticamente elevado a definitivo, haciéndose público el texto íntegro
en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO
EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA
I. Disposiciones Generales
Artículo 1.—De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa por estacionamiento en zona
de permanencia limitada y controlada, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado texto.
Art. 2.—La tasa que se regula en estas normas tiene por objetivo la consecución de un
mayor equilibrio entre la oferta y la demanda de estacionamiento en las distintas zonas de
la ciudad, desarrollándose para la consecución de dicho objetivo actuaciones de limitación,
control e inversión, que podrán realizarse por el Ayuntamiento bien directamente o bien con
el auxilio de contratas destinadas a dicho servicio.
Las vías públicas comprendidas en lo regulado por esta ordenanza se conocerán por
zona azul, dentro de la cual también quedará incluida la denominada anteriormente zona
verde de uso exclusivo para residentes, y esta protección especial es por ser las de mayor
equipamiento comercial y de administración, lo que conlleva mayor afluencia de ciudadanos y, por tanto, precisa de alta rotación, de atención preferente y de regulación específica.
II. Hecho imponible
Art. 3.—Constituye el hecho imponible el aparcamiento de un vehículo en los lugares
o vías públicas debidamente a continuación señaladas como zonas de estacionamiento vigilado y regulado, aunque no medie solicitud por usuario, así como la utilización de los
aparcamientos de titularidad municipal:
TRAMOS
DESDE
HASTA
ESTACIONAMIENTOS
JERÓNIMO DEL MORAL
FUERZAS ARMADAS
JOSÉ MARÍA BENITO SERRA
15
JOSÉ MARÍA BENITO SERRA
JERÓNIMO DEL MORAL
TRVA. CAPITÁN DE ORO PULIDO
15
BEATA MADRE MARÍA ANTONIA
DE LA MISERICORDIA
TAHONA ANTIGUA
JERÓNIMO DEL MORAL
27
BEATA MADRE MARÍA ANTONIA DE LA
MISERICORDIA
DR. RIVAS
CADENA
6
2
DR. RIVAS
JERÓNIMO DEL MORAL
AVDA. CONSUELO
20
AVDA.CONSUELO
C/ MAYOR
C/ DR. RIVAS
23
C/ MAYOR
AVDA. CONSUELO
PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN
35
C/ CAPITÁN ANTONIO DE ORO
PULIDO
JERÓNIMO DEL MORAL
C/ REINA VICTORIA
16
REINA VICTORIA
C/ CAPITÁN ANTONIO DE ORO PULIDO
C/ ARCO
14
C/ SAN SEBASTIÁN
C/ ARCO
AVDA. CONSUELO
38
TOTAL
211
BOCM-20250604-62
TAHONA ANTIGUA