C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250604-31)
Bases becas – Orden 1958/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de enseñanzas de formación profesional del Grado D de ciclos formativos de grado medio y grado superior, del sistema educativo español, en centros docentes privados autorizados ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 132
Artículo 25
Datos personales de los solicitantes
En lo referente a la obtención de los datos personales de los alumnos afectados y de
sus representantes legales y a la seguridad y confidencialidad de aquellos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en
todo caso, a lo establecido en el Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Conciertos y convenios
Podrán solicitar la ayuda los alumnos matriculados en los centros de titularidad de otra
Consejería, Ministerio (o departamento equivalente de la Administración Local) que no sea
el competente en materia de Educación, o de cualquiera de sus órganos, entes públicos, entidades u organismos dependientes, en tanto no suscriban concierto o convenio con la consejería competente en materia de Educación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
A la entrada en vigor de la presente orden queda derogada la Orden 792/2017, de 15
de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de
grado superior en la Comunidad de Madrid y la Orden 1559/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se autoriza a la dirección general competente en materia de Becas y Ayudas al Estudio
para establecer criterios de aplicación e interpretación de lo establecido en la presente orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de mayo de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250604-31
(03/8.815/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 132
Artículo 25
Datos personales de los solicitantes
En lo referente a la obtención de los datos personales de los alumnos afectados y de
sus representantes legales y a la seguridad y confidencialidad de aquellos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en
todo caso, a lo establecido en el Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Conciertos y convenios
Podrán solicitar la ayuda los alumnos matriculados en los centros de titularidad de otra
Consejería, Ministerio (o departamento equivalente de la Administración Local) que no sea
el competente en materia de Educación, o de cualquiera de sus órganos, entes públicos, entidades u organismos dependientes, en tanto no suscriban concierto o convenio con la consejería competente en materia de Educación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
A la entrada en vigor de la presente orden queda derogada la Orden 792/2017, de 15
de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de
grado superior en la Comunidad de Madrid y la Orden 1559/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se autoriza a la dirección general competente en materia de Becas y Ayudas al Estudio
para establecer criterios de aplicación e interpretación de lo establecido en la presente orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de mayo de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250604-31
(03/8.815/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791