Arganda del Rey (BOCM-20250603-77)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 232
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
ARGANDA DEL REY
URBANISMO
PARCELAS UE 24 CALIFICADAS COMO
EQUIPAMIENTOS
FINCAS RESULTANTES
PR UE 24
FINCA REGISTRAL
REF. CATASTRAL
SUPERFICIE
Parcela 01 Sector 3-1 Manzana 3 (3101) SG ES
FR 43
38275
9816338VK5691N0001QZ
3.046,62
Parcela 02.1 Sector 3-1 Manzana 3 (3102.1) SL-ES
FR 44a
48177
9816339VK5691N0001PZ
+ otra parte sin referencia
6.960,85
FR 44 bis
48176
9817103VK5691N0001JZ
+ otra parte sin referencia
4.221,92
FR45
38277
9817102VK5691N0001IZ
2.471,21
Parcela 02 bis Sector 3.-1 Manzana 3 (3102 bis )
Parcela 03. Sector 3-1. Manzana 3 (3103)
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 15/05/2025 se ha depositado un
ejemplar debidamente diligenciado del Plan Especial para las parcelas de equipamiento social
del Plan Parcial de la Unidad de Ejecución UE.24 “Las Monjas” en el Registro de Planes de
Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, junto con certificación del presente acuerdo de aprobación definitiva.
Tercero.—Publicación del acuerdo de aprobación definitiva, así como el articulado
normativo de plan, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, con indicación de los recursos procedentes contra el mismo, de conformidad con
lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y el artículo 66 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La publicación llevará
indicación de haberse procedido previamente al depósito en el Registro autonómico de la
consejería competente en materia de urbanismo. En este sentido se identifica como articulado de las normas del Plan Especial el siguiente:
“La ordenanza reguladora con las modificaciones propuestas en este Plan Especial
quedaría de la siguiente forma:
7.3.3. Ordenanzas relativas a zonas de equipamiento.
BOCM-20250603-77
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los
artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, por acuerdo adoptado en sesión de 7 de mayo de 2025, ha aprobado definitivamente el Plan Especial para las parcelas de equipamiento social del Plan Parcial de la
Unidad de Ejecución UE.24 “Las Monjas”, contemplándose en la parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a dicha aprobación, lo siguiente:
Primero.—Aprobar con carácter definitivo el Plan Especial para las parcelas de equipamiento social del Plan Parcial UE -24 “Las Monjas”, promovido a iniciativa particular de
la sociedad Paisajes Activos, S. L., con CIF n.o B-06921621, y domicilio a efectos de notificaciones en la C/ Sierra de Albarracín, n.o 61, del municipio de Arganda del Rey (Madrid),
de acuerdo con el documento definitivo con CSV 15705725326621755412, registrado con
fecha 28 de enero de 2025, que refunde al aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno
Local en sesión celebrada el 15 de febrero de 2023 (con CSV 14615366616630053124),
con las modificaciones y requerimientos exigidos por los informes sectoriales y técnicos
emitidos. Asimismo, debe entenderse como documento aprobado del Plan Especial en todo
caso el informe estratégico ambiental publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2023 reseñado en los antecedentes de este acuerdo y
que figurará como anexo del Plan Especial.
El ámbito especial de la modificación alcanza a las siguientes cuatro parcelas colindantes, del suelo urbano, con calificación de equipamiento social, del Plan General de Ordenación Urbana de Arganda del Rey, localizadas en la UE-24 “Las Monjas” y propiedad
todas de la sociedad promotora del plan:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 232
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
ARGANDA DEL REY
URBANISMO
PARCELAS UE 24 CALIFICADAS COMO
EQUIPAMIENTOS
FINCAS RESULTANTES
PR UE 24
FINCA REGISTRAL
REF. CATASTRAL
SUPERFICIE
Parcela 01 Sector 3-1 Manzana 3 (3101) SG ES
FR 43
38275
9816338VK5691N0001QZ
3.046,62
Parcela 02.1 Sector 3-1 Manzana 3 (3102.1) SL-ES
FR 44a
48177
9816339VK5691N0001PZ
+ otra parte sin referencia
6.960,85
FR 44 bis
48176
9817103VK5691N0001JZ
+ otra parte sin referencia
4.221,92
FR45
38277
9817102VK5691N0001IZ
2.471,21
Parcela 02 bis Sector 3.-1 Manzana 3 (3102 bis )
Parcela 03. Sector 3-1. Manzana 3 (3103)
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 15/05/2025 se ha depositado un
ejemplar debidamente diligenciado del Plan Especial para las parcelas de equipamiento social
del Plan Parcial de la Unidad de Ejecución UE.24 “Las Monjas” en el Registro de Planes de
Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, junto con certificación del presente acuerdo de aprobación definitiva.
Tercero.—Publicación del acuerdo de aprobación definitiva, así como el articulado
normativo de plan, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, con indicación de los recursos procedentes contra el mismo, de conformidad con
lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y el artículo 66 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La publicación llevará
indicación de haberse procedido previamente al depósito en el Registro autonómico de la
consejería competente en materia de urbanismo. En este sentido se identifica como articulado de las normas del Plan Especial el siguiente:
“La ordenanza reguladora con las modificaciones propuestas en este Plan Especial
quedaría de la siguiente forma:
7.3.3. Ordenanzas relativas a zonas de equipamiento.
BOCM-20250603-77
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los
artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, por acuerdo adoptado en sesión de 7 de mayo de 2025, ha aprobado definitivamente el Plan Especial para las parcelas de equipamiento social del Plan Parcial de la
Unidad de Ejecución UE.24 “Las Monjas”, contemplándose en la parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a dicha aprobación, lo siguiente:
Primero.—Aprobar con carácter definitivo el Plan Especial para las parcelas de equipamiento social del Plan Parcial UE -24 “Las Monjas”, promovido a iniciativa particular de
la sociedad Paisajes Activos, S. L., con CIF n.o B-06921621, y domicilio a efectos de notificaciones en la C/ Sierra de Albarracín, n.o 61, del municipio de Arganda del Rey (Madrid),
de acuerdo con el documento definitivo con CSV 15705725326621755412, registrado con
fecha 28 de enero de 2025, que refunde al aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno
Local en sesión celebrada el 15 de febrero de 2023 (con CSV 14615366616630053124),
con las modificaciones y requerimientos exigidos por los informes sectoriales y técnicos
emitidos. Asimismo, debe entenderse como documento aprobado del Plan Especial en todo
caso el informe estratégico ambiental publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2023 reseñado en los antecedentes de este acuerdo y
que figurará como anexo del Plan Especial.
El ámbito especial de la modificación alcanza a las siguientes cuatro parcelas colindantes, del suelo urbano, con calificación de equipamiento social, del Plan General de Ordenación Urbana de Arganda del Rey, localizadas en la UE-24 “Las Monjas” y propiedad
todas de la sociedad promotora del plan: