C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250603-42)
Concesión subvenciones – Orden 898/2025, de 10 de abril, por la que se le concede una subvención nominativa a la Asociación “Club de Producto Cicloturismo en Madrid”, para el impulso al cicloturismo en la región de Madrid en el año 2025 y se establecen sus bases reguladoras
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
Pág. 155
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 898/2025, de 10 de abril, por la que se le concede una subvención nominativa a la Asociación “Club de Producto Cicloturismo en Madrid”, para el
impulso al cicloturismo en la región de Madrid en el año 2025 y se establecen
sus bases reguladoras.
La Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de turismo por el artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid,
en su Capítulo II del Título III se refiere a la promoción de turismo como el conjunto de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo, favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuidas la Dirección General de Turismo y Hostelería por el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, están entre otras, la coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su sostenibilidad.
La Asociación “Club de Producto Cicloturismo en Madrid” establece en el artículo 3
“Objeto y Fines de sus estatutos” (11 de enero de 2023) que “ El objetivo general de la Asociación es el desarrollo del Producto cicloturismo en la Comunidad de Madrid. Es objeto de
la Asociación convertirse en una entidad aglutinadora de la participación y colaboración de
todos los particulares, agentes y entidades públicas y privadas, con interés en impulsar el
Producto cicloturismo en la Comunidad de Madrid”.
Asimismo, según se estipula en el artículo 4. Actividades, podrá llevar a cabo entre
otras:
a) Acciones de promoción e impulso de la comercialización del cicloturismo en la
Comunidad de Madrid.
b) Acciones de sensibilización y asesoramiento técnico para la implantación de sistemas
de calidad certificados.
c) Organización y desarrollo de reuniones, jornadas, congresos o seminarios con todos o parte de los asociados, así como participación en actividades de este estilo
organizadas por terceros en referencia con los fines de la Asociación.
d) Elaboración de material promocional en diversos formatos.
e) Asistencia a ferias y eventos promocionales de interés para la Asociación.
f) Favorecer acuerdos comerciales en representación de la Asociación y sus asociados.
g) Definición y organización de acciones formativas.
h) Apoyo técnico a los socios en todos aquellos temas relacionados con los objetivos
de la Asociación.
i) Diseño y organización de actividades de difusión de la Asociación y sus fines.
j) Creación de ofertas turísticas concretas con la participación y el consenso de los
asociados.
k) Acciones de control y seguimiento de la calidad turística.
l) Campañas de concienciación, concursos, exposiciones, actividades de ocio, tiempo libre y animación social.
m) Acciones de vigilancia y mejora de las infraestructuras relacionadas con el cicloturismo en la Comunidad de Madrid.
n) Suscribir acuerdos que favorezcan la cooperación y la búsqueda de líneas de actuación conjunta con entidades análogas.
o) Abrir y gestionar oficinas de información y actividades, así como establecer delegaciones cuando lo estime necesario.
p) Llevar a cabo otras actividades o actuaciones conexas, afines o complementarias
con las anteriores.
BOCM-20250603-42
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B.O.C.M. Núm. 131
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
Pág. 155
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 898/2025, de 10 de abril, por la que se le concede una subvención nominativa a la Asociación “Club de Producto Cicloturismo en Madrid”, para el
impulso al cicloturismo en la región de Madrid en el año 2025 y se establecen
sus bases reguladoras.
La Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de turismo por el artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid,
en su Capítulo II del Título III se refiere a la promoción de turismo como el conjunto de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo, favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuidas la Dirección General de Turismo y Hostelería por el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, están entre otras, la coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su sostenibilidad.
La Asociación “Club de Producto Cicloturismo en Madrid” establece en el artículo 3
“Objeto y Fines de sus estatutos” (11 de enero de 2023) que “ El objetivo general de la Asociación es el desarrollo del Producto cicloturismo en la Comunidad de Madrid. Es objeto de
la Asociación convertirse en una entidad aglutinadora de la participación y colaboración de
todos los particulares, agentes y entidades públicas y privadas, con interés en impulsar el
Producto cicloturismo en la Comunidad de Madrid”.
Asimismo, según se estipula en el artículo 4. Actividades, podrá llevar a cabo entre
otras:
a) Acciones de promoción e impulso de la comercialización del cicloturismo en la
Comunidad de Madrid.
b) Acciones de sensibilización y asesoramiento técnico para la implantación de sistemas
de calidad certificados.
c) Organización y desarrollo de reuniones, jornadas, congresos o seminarios con todos o parte de los asociados, así como participación en actividades de este estilo
organizadas por terceros en referencia con los fines de la Asociación.
d) Elaboración de material promocional en diversos formatos.
e) Asistencia a ferias y eventos promocionales de interés para la Asociación.
f) Favorecer acuerdos comerciales en representación de la Asociación y sus asociados.
g) Definición y organización de acciones formativas.
h) Apoyo técnico a los socios en todos aquellos temas relacionados con los objetivos
de la Asociación.
i) Diseño y organización de actividades de difusión de la Asociación y sus fines.
j) Creación de ofertas turísticas concretas con la participación y el consenso de los
asociados.
k) Acciones de control y seguimiento de la calidad turística.
l) Campañas de concienciación, concursos, exposiciones, actividades de ocio, tiempo libre y animación social.
m) Acciones de vigilancia y mejora de las infraestructuras relacionadas con el cicloturismo en la Comunidad de Madrid.
n) Suscribir acuerdos que favorezcan la cooperación y la búsqueda de líneas de actuación conjunta con entidades análogas.
o) Abrir y gestionar oficinas de información y actividades, así como establecer delegaciones cuando lo estime necesario.
p) Llevar a cabo otras actividades o actuaciones conexas, afines o complementarias
con las anteriores.
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