Majadahonda (BOCM-20250602-58)
Urbanismo. Plan general
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 202
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 130
Por lo que respecta a las captaciones de agua tanto superficial como subterránea
directamente del dominio público hidráulico, caso de existir, éstas deberán contar con la
correspondiente concesión administrativa, cuyo otorgamiento es competencia de la
Confederación Hidrográfica del Tajo y están supeditadas a la disponibilidad del recurso.
Si se prevé un vertido de aguas residuales y éste se va a realizar a la red de colectores
municipales, será el Ayuntamiento el competente para autorizar dicho vertido a su sistema
de saneamiento y finalmente dicho Ayuntamiento deberá ser autorizado por la
Confederación Hidrográfica del Tajo para efectuar el vertido de las aguas depuradas al
dominio público hidráulico. La red de colectores, en cumplimiento de lo que especifica el
Plan Hidrológico, deberá ser separativa, por lo cual se deberá confirmar este extremo al
pedir la autorización de vertidos.
Se diseñarán redes de saneamiento estancas, para evitar infiltración de las aguas
residuales urbanas a las aguas subterráneas.
En la redacción del proyecto se tendrá en cuenta en todo momento la necesidad de adecuar
la actuación urbanística a la naturalidad de los cauces y en general del dominio público
hidráulico, y en ningún caso se intentará que sea el cauce el que se someta a las exigencias
del proyecto.
Toda actuación que se realice en dominio público hidráulico deberá contar con la
autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En ningún caso se autorizarán
dentro del Dominio Público Hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones
destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal.
Se han de respetar las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos.
Toda actuación que se realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por
100 m de anchura medidas horizontalmente y a partir del cauce, deberá contar con la
preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Condiciones respecto del sistema de transporte público
Debería considerarse la futura conexión del nuevo cementerio-tanatorio-crematorio
mediante servicios de transporte público con el área urbana del municipio de Majadahonda
y el Hospital Puerta de Hierro. La implantación de las instalaciones contemplará la
localización del punto o puntos de paradas apropiados para este ámbito, previendo la
conectividad viaria necesaria para dotarle de un servicio de autobús adecuado.
Esta actuación se llevará a cabo de forma coordinada con el Consorcio de Transportes de
la Comunidad de Madrid.
Igualmente, se procurará la integración del ámbito con el tejido urbano con unas
condiciones básicas de seguridad y accesibilidad que favorezca los desplazamientos en
bicicleta y a pie y contribuya al reparto modal más equilibrado que se persigue.
De acuerdo con el informe del Área de Sanidad Ambiental de 7 de octubre de 2021 se
deberá identificar y cartografiar en un área de influencia de 500 m de las instalaciones objeto
del presente expediente, las viviendas o lugares de permanencia habitual de personas,
principalmente establecimientos con población vulnerable: centros médico-asistenciales,
centros escolares y centros de mayores. También se deberán identificar infraestructuras y
establecimientos de uso público como son: instalaciones deportivas, establecimientos de
uso público, establecimientos alimentarios, granjas escuela, hoteles rurales, zonas de
esparcimiento y recreo, parques y centros comerciales… Además, el proyecto propuesto
deberá asegurar en todo momento, la incorporación de las más eficaces Mejores Técnicas
Disponibles (MTDs) frente a los impactos identificados y/o aquellas que surjan fruto de los
avances tecnológicos.
En relación con la presencia de plagas, las peculiaridades propias de la actividad tanto en
la fase de ejecución de las obras como en el de funcionamiento cotidiano, favorecen la
BOCM-20250602-58
Condiciones sanitarias
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 202
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 130
Por lo que respecta a las captaciones de agua tanto superficial como subterránea
directamente del dominio público hidráulico, caso de existir, éstas deberán contar con la
correspondiente concesión administrativa, cuyo otorgamiento es competencia de la
Confederación Hidrográfica del Tajo y están supeditadas a la disponibilidad del recurso.
Si se prevé un vertido de aguas residuales y éste se va a realizar a la red de colectores
municipales, será el Ayuntamiento el competente para autorizar dicho vertido a su sistema
de saneamiento y finalmente dicho Ayuntamiento deberá ser autorizado por la
Confederación Hidrográfica del Tajo para efectuar el vertido de las aguas depuradas al
dominio público hidráulico. La red de colectores, en cumplimiento de lo que especifica el
Plan Hidrológico, deberá ser separativa, por lo cual se deberá confirmar este extremo al
pedir la autorización de vertidos.
Se diseñarán redes de saneamiento estancas, para evitar infiltración de las aguas
residuales urbanas a las aguas subterráneas.
En la redacción del proyecto se tendrá en cuenta en todo momento la necesidad de adecuar
la actuación urbanística a la naturalidad de los cauces y en general del dominio público
hidráulico, y en ningún caso se intentará que sea el cauce el que se someta a las exigencias
del proyecto.
Toda actuación que se realice en dominio público hidráulico deberá contar con la
autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En ningún caso se autorizarán
dentro del Dominio Público Hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones
destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal.
Se han de respetar las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos.
Toda actuación que se realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por
100 m de anchura medidas horizontalmente y a partir del cauce, deberá contar con la
preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Condiciones respecto del sistema de transporte público
Debería considerarse la futura conexión del nuevo cementerio-tanatorio-crematorio
mediante servicios de transporte público con el área urbana del municipio de Majadahonda
y el Hospital Puerta de Hierro. La implantación de las instalaciones contemplará la
localización del punto o puntos de paradas apropiados para este ámbito, previendo la
conectividad viaria necesaria para dotarle de un servicio de autobús adecuado.
Esta actuación se llevará a cabo de forma coordinada con el Consorcio de Transportes de
la Comunidad de Madrid.
Igualmente, se procurará la integración del ámbito con el tejido urbano con unas
condiciones básicas de seguridad y accesibilidad que favorezca los desplazamientos en
bicicleta y a pie y contribuya al reparto modal más equilibrado que se persigue.
De acuerdo con el informe del Área de Sanidad Ambiental de 7 de octubre de 2021 se
deberá identificar y cartografiar en un área de influencia de 500 m de las instalaciones objeto
del presente expediente, las viviendas o lugares de permanencia habitual de personas,
principalmente establecimientos con población vulnerable: centros médico-asistenciales,
centros escolares y centros de mayores. También se deberán identificar infraestructuras y
establecimientos de uso público como son: instalaciones deportivas, establecimientos de
uso público, establecimientos alimentarios, granjas escuela, hoteles rurales, zonas de
esparcimiento y recreo, parques y centros comerciales… Además, el proyecto propuesto
deberá asegurar en todo momento, la incorporación de las más eficaces Mejores Técnicas
Disponibles (MTDs) frente a los impactos identificados y/o aquellas que surjan fruto de los
avances tecnológicos.
En relación con la presencia de plagas, las peculiaridades propias de la actividad tanto en
la fase de ejecución de las obras como en el de funcionamiento cotidiano, favorecen la
BOCM-20250602-58
Condiciones sanitarias