A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250531-1)
Tarifas agua –  Decreto 29/2025, de 28 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 16

SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 129

Artículo 15
Aplicación de las tarifas de aducción a los ayuntamientos abastecidos
en alta por Canal de Isabel II
A los consumos realizados en ayuntamientos a los que Canal de Isabel II abastece de agua
en alta por no haber cumplido aún los trámites previstos en la Orden 381/1986, de 4 de marzo,
para la adecuación de sus tarifas a lo previsto en la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, se les aplicará la tarifa de aducción establecida para los suministros pertenecientes al grupo de otros usos
en la orden que desarrolle el decreto, tanto en la cuota de servicio como en la parte variable,
mientras no cumplimenten este requisito.
A los efectos de cálculo de la cuota de servicio, en estos suministros, N será igual a la
suma del número de viviendas, locales comerciales e industrias censadas en el municipio,
certificado por el propio ayuntamiento o, en su defecto, el que figure en el censo oficial de
la Comunidad de Madrid.
El mismo dato servirá como referencia para aplicación del número de unidades a los
efectos de determinar los límites de los bloques de consumo.
Los cambios que se produzcan en el número de viviendas, locales comerciales o industrias en estos municipios surtirán efecto en la factura siguiente que se emita tras la comunicación oficial de la variación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Información a la Asamblea de Madrid
De este decreto se informará a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid, así como cuantas disposiciones de igual o
inferior rango se opongan a este decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Consumidores vulnerables
La orden por la que se aprueben las tarifas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización prestados por Canal de Isabel II, establecerá las bonificaciones a las
que tengan derecho las personas que, por sus características socioeconómicas, no puedan
hacer frente a las mismas.
Las personas que, según la orden de tarifas, tengan derecho a una bonificación en su
factura de agua, gozarán de especial atención por parte de personal cualificado de los servicios comerciales de Canal de Isabel II.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La orden de tarifas que desarrolle el decreto, partiendo de los coeficientes definidos en
la Orden 1826/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las tarifas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y
reutilización del agua prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., definirá
los precios a aplicar desde el 1 de junio de 2025.
En dicha orden se fijarán para cada uno de los períodos de aplicación los coeficientes
fijos y variables de las tarifas de los servicios de abastecimiento (aducción y distribución),
saneamiento (alcantarillado y depuración), y reutilización (regeneración y transporte) para
todos los grupos de usos definidos en el presente decreto.
La actualización de los coeficientes de las tarifas de cada período vendrá dada por la
aplicación de un incremento de un 3 por ciento sobre los coeficientes de las tarifas del pe-

BOCM-20250531-1

Actualización de las tarifas