C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo – Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 96
SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 129
3.3.1.-OPERACIÓN-AGOL:
Aplicación para la solicitud de PAPs y RJs (cláusula 9ª y anexo VIII del convenio
anterior).
Sistema de petición abierta para solicitud anual de servicio para colectivos JS y
MTE.
Mediante prueba de acreditación de su aptitud, se habilitará la adscripción
voluntaria al colectivo de Jefe/a de Línea de los actuales Técnicos/as de Línea. A
tal fin, se creará una mesa de trabajo, que aborde el desarrollo e implantación del
proceso de acreditación, con participación de personal afectado, cuyas
conclusiones, finalizadas en el plazo de tres meses desde la firma del convenio
colectivo, se tendrán en cuenta antes de la convocatoria de la prueba de aptitud
para la promoción a JL. Asimismo, se revisará el sistema de colectivos de
preferencia en los procesos de promoción interna relacionados con esta materia.
Se solicitarán los PAPs y RJ con, al menos, 72 horas de antelación a cada día
solicitado.
Anulación de los PAP y siempre que quede cupo para dicho día previamente a la
anulación. Se condiciona la anulación a que la solicitud por parte de la persona
trabajadora se realice con, al menos, un mes de antelación a la fecha de disfrute;
y siempre que no coincida con otro absentismo (en caso de coincidir, se
considerará disfrutado el PAP), con las regularizaciones de jornada que pudieran
ser necesarias (cláusula 9ª y anexo VIII).
Jefe/a de Sector:
El colectivo finalizará servicio en la misma localización en que lo hubiera iniciado.
Se pondrá en marcha un mes después de la firma del convenio.
Se asume la actividad o función de Teleasistencia con imagen personal.
Considerar estación de entrada para el/la agente nombrado cuando por una baja
médica coincida con la persona titular, y así quien está nombrada pueda retornar
a dicha estación.
Dotar de datáfono a todos los grupos de intervención, así como las estaciones
que habitualmente tienen eventos, siempre que se disponga de datáfonos
suficientes o de terminales de inspección habilitados para utilización de tarjetas.
Maquinista de Tracción Eléctrica:
Cambio del periodo de PFA (diciembre con septiembre y noviembre-diciembre
con junio-julio) para su aplicación en el año 2026.
Las personas encargadas de realizar la apertura de servicio los días 25 de
diciembre y 1 de enero serán los primeros turnos de apertura de servicio de las
diferentes líneas. En la medida de lo posible, el día 24 de diciembre, serán los
turnos S y N quienes realizarán el cierre del servicio.
BOCM-20250531-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 96
SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 129
3.3.1.-OPERACIÓN-AGOL:
Aplicación para la solicitud de PAPs y RJs (cláusula 9ª y anexo VIII del convenio
anterior).
Sistema de petición abierta para solicitud anual de servicio para colectivos JS y
MTE.
Mediante prueba de acreditación de su aptitud, se habilitará la adscripción
voluntaria al colectivo de Jefe/a de Línea de los actuales Técnicos/as de Línea. A
tal fin, se creará una mesa de trabajo, que aborde el desarrollo e implantación del
proceso de acreditación, con participación de personal afectado, cuyas
conclusiones, finalizadas en el plazo de tres meses desde la firma del convenio
colectivo, se tendrán en cuenta antes de la convocatoria de la prueba de aptitud
para la promoción a JL. Asimismo, se revisará el sistema de colectivos de
preferencia en los procesos de promoción interna relacionados con esta materia.
Se solicitarán los PAPs y RJ con, al menos, 72 horas de antelación a cada día
solicitado.
Anulación de los PAP y siempre que quede cupo para dicho día previamente a la
anulación. Se condiciona la anulación a que la solicitud por parte de la persona
trabajadora se realice con, al menos, un mes de antelación a la fecha de disfrute;
y siempre que no coincida con otro absentismo (en caso de coincidir, se
considerará disfrutado el PAP), con las regularizaciones de jornada que pudieran
ser necesarias (cláusula 9ª y anexo VIII).
Jefe/a de Sector:
El colectivo finalizará servicio en la misma localización en que lo hubiera iniciado.
Se pondrá en marcha un mes después de la firma del convenio.
Se asume la actividad o función de Teleasistencia con imagen personal.
Considerar estación de entrada para el/la agente nombrado cuando por una baja
médica coincida con la persona titular, y así quien está nombrada pueda retornar
a dicha estación.
Dotar de datáfono a todos los grupos de intervención, así como las estaciones
que habitualmente tienen eventos, siempre que se disponga de datáfonos
suficientes o de terminales de inspección habilitados para utilización de tarjetas.
Maquinista de Tracción Eléctrica:
Cambio del periodo de PFA (diciembre con septiembre y noviembre-diciembre
con junio-julio) para su aplicación en el año 2026.
Las personas encargadas de realizar la apertura de servicio los días 25 de
diciembre y 1 de enero serán los primeros turnos de apertura de servicio de las
diferentes líneas. En la medida de lo posible, el día 24 de diciembre, serán los
turnos S y N quienes realizarán el cierre del servicio.
BOCM-20250531-2