B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-33)
Regulación personal docente –  Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los Centros Públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 128

VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

Pág. 139

CUERPO 0590 PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ESPECIALIDAD

TITULACIÓN Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA

009 Dibujo

Licenciatura en Bellas Artes.
Arquitectura.
Ingeniería:
de Montes.
de Caminos, Canales y Puertos.
Aeronáutica.
Naval.
Industrial.
Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y haber cursado un ciclo de los estudios
conducentes a la obtención de las titulaciones enumeradas en este apartado.
Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y haber cursado una Ingeniería Técnica vinculada
a las Ingenierías enumeradas en este apartado.
Título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, según RD 1387/1991, de 18 de septiembre y Títulos recogidos
en el artículo 2 del Real Decreto 440/1994 de 11 de marzo (BOE de 6 de abril).
Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, según RD 635/2010, de 14 de mayo.
Título de Diseño, según RD 1496/1999, de 24 de septiembre.
Título Superior de Diseño, según RD 633/2010, de 14 de mayo.
El correspondiente Título de Grado:
de las mismas titulaciones.
En Fundamentos de la Arquitectura.
de Ingeniería de Edificación.
en Ingeniería en Geodesia y Cartografía.
en Ingeniería en Diseño industrial y Desarrollo del Producto.
en Diseño.
en Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
en Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.

010 Francés,
011 Inglés,
012 Alemán y
013 Italiano

Cualquier título de Ingeniero o Arquitecto del área de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o
Graduada o equivalente de la rama de conocimiento Ingeniería y Arquitectura y de Artes y Humanidades, o cualquier título
Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, Diseño o Artes Plásticas o del ámbito del conocimiento
correspondiente, y además, acreditar una formación superior universitaria adecuada para impartir el currículo de la
especialidad (*).
1. Título de grado o Licenciatura en:
a) Lenguas Modernas y sus Literaturas en la lengua correspondiente al primer idioma / lengua A / lengua maior
b) Filología de la lengua correspondiente
c) Traducción e Interpretación en la lengua correspondiente
d) Lingüística y lengua aplicadas en la lengua correspondiente.
2. Otras titulaciones:
a) Cualquier titulación universitaria del área de Artes y Humanidades y poseer el Certificado del Nivel Avanzado C1

o C2 de las escuelas oficiales de Idiomas en la lengua correspondiente o certificado de nivel C2 expedido por
institutos nacionales de idiomas u otras instituciones certificadoras.
b) Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y una de las siguientes

(*)
a) Certificación académica personal, en la que conste haber superado al menos 24 créditos o créditos ECTS de formación,
o en el caso de no figurar créditos, dos cursos académicos en cualesquiera estudios universitarios oficiales, de materias
relacionadas con la formación que se desea acreditar. A estos efectos, los créditos de formación podrán ser utilizados para
acreditar la formación inicial para impartir diferentes materias.
b) Realización de actividades de formación del profesorado relacionadas con dicha materia, de una duración en su
conjunto, de al menos 24 créditos o créditos ECTS, certificadas por la Administración educativa competente.

BOCM-20250530-33

situaciones:
- b.1. Estar en posesión de un título de Máster para la enseñanza de la lengua correspondiente.
- b.2. Haber cursado un ciclo de los estudios de licenciatura conducentes a la obtención de las titulaciones
indicadas en el primer apartado y poseer el Certificado del Nivel Avanzado C2 de las escuelas oficiales
de idiomas en la lengua correspondiente ocertificado de nivel C2 expedido por institutos nacionales de
idiomas u otras instituciones certificadoras.