B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-32)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 128

No se admitirá como titulación habilitante para el acceso aquellas que no estén
equiparadas al nivel de MECES3.
Se podrá acreditar la posesión de este requisito adjuntando el título correspondiente, el resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición, o
certificación académica en la que conste el abono de los derechos de expedición
del título.
b. Pertenecer a alguno de los cuerpos que integran la función pública docente, a excepción del Cuerpo de Inspectores de Educación.
c. Acreditar una antigüedad mínima de ocho años como funcionario de carrera en alguno de los cuerpos que integran la función pública docente y una experiencia docente de igual duración.
Por experiencia docente se entenderá la impartición de docencia o atención directa
al alumnado en o para centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias.
d. Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores, el participante deberá acreditar no haber sido condenado por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales, conforme a lo dispuesto a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando
obligado el docente a comunicar aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia dicha Ley. Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado 7 de la solicitud de participación, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes
Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Ello implica la consulta del DNI. En caso
de no autorizar la consulta, deberán presentar el certificado negativo del Registro
Central de Delincuentes Sexuales junto con la solicitud de participación.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión
Europea deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real
Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central
de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, modificado por el Real
Decreto 407/2024, de 23 de abril. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada
(realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática
correspondiente).
3.2.

Requisitos para participar por el turno de reserva de discapacidad.

Para participar por este turno, además de reunir los requisitos señalados en el apartado anterior, los aspirantes deberán tener reconocido por los órganos competentes un grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que ello no sea incompatible con el
ejercicio de las funciones atribuidas a la Inspección de Educación.
Asimismo, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2023 de Empleo, se equipará el reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 al de las personas pensionistas de la seguridad social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total.
Los aspirantes que concurran por este turno no podrán presentarse por el procedimiento de acceso libre.
Fecha de cumplimiento de los requisitos.

Todas las condiciones y requisitos enumerados en esta base deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de
posesión como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación.
El reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33 % o la resolución de reconocimiento de incapacidad permanente en el grado de total deberán poseerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, es decir, hasta, si procede, ser nombrado funcionario de carrera. El reconocimiento
de una discapacidad con posterioridad al término del plazo de presentación de solicitudes,
aun cuando se hiciera con efectos retroactivos, no podrá conllevar en ningún caso la admisión al procedimiento de ingreso por el turno de reserva por discapacidad.

BOCM-20250530-32

3.3.