B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-32)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 128

Duodécima
Funcionarios en prácticas
12.1. Nombramiento de los funcionarios en prácticas.
Mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades se procederá a aprobar y publicar, según el orden
establecido al publicarse la puntuación global del concurso-oposición, el nombramiento
como funcionarios inspectores en prácticas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Se podrán consultar, asimismo, en el portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-inspectores-educacion-2025 y,
con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a través del portal personal +educación (www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la
siguiente ruta: “Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”, “Inspectores”.
12.2. Aplazamiento de la fase de prácticas.
Aquellos aspirantes seleccionados que necesiten aplazamiento de incorporación a la
realización de la fase de prácticas, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de
Recursos Humanos (Servicio de Gestión del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas e Idiomas, en el plazo de cinco días
hábiles contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes seleccionados, acompañando los documentos justificativos.
Valorada la petición esta Dirección General emitirá Resolución estimando o denegando la solicitud.
El aplazamiento de la fase de prácticas supondrá ocupar el número de orden siguiente
al del último seleccionado. En este caso, la fase de prácticas se realizará durante el curso siguiente al de la solicitud.
Transcurrido el plazo de aplazamiento, quien no se incorpore a la realización de la fase
de prácticas perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera.
Se podrá conceder un único aplazamiento, por el plazo máximo de un año, a quienes
se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
— Causas asociadas a la maternidad.
— Cuidado de un hijo menor de tres años.
— Cuidado de un familiar a cargo, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
— Por situación de servicios especiales.
— Por haber sido seleccionado para participar en programas educativos, convocados
por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el extranjero.
— Otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de
Recursos Humanos.
En cualquier caso, con el fin de proceder a la realización de las prácticas en el curso
siguiente, el aspirante deberá participar en los procedimientos de asignación a la misma en
el citado curso escolar.
Decimotercera
Los aspirantes que sean nombrados funcionarios en prácticas quedarán obligados a incorporarse a los destinos que les hayan sido adjudicados y mantendrán este destino hasta
que finalice el proceso y se produzca su nombramiento como funcionarios del Cuerpo de
Inspectores de Educación. En caso de no incorporarse en el plazo que se determine, se entenderá que renuncian, y perderán todos sus derechos, salvo en el caso de fuerza mayor suficientemente acreditada y aceptada por la Dirección General de Recursos Humanos.
La incorporación a estos destinos se producirá el primer día hábil del curso siguiente
al que finalice el proceso selectivo.
Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter
provisional. Los funcionarios en prácticas que hayan finalizado la fase de prácticas y superado el proceso selectivo correspondiente, podrán ser nombrados funcionarios de carrera
del Cuerpo de Inspectores de Educación, quedando obligados a participar en los sucesivos
concursos de provisión de plazas que se convoquen, hasta la obtención de un destino definitivo en la Comunidad de Madrid.

BOCM-20250530-32

Incorporación a los destinos para la realización de la fase de prácticas