Velilla de San Antonio (BOCM-20250529-111)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 127

BOCM-20250529-111

este aval y a través del informe de los Servicios Técnicos, se determinará si se procede la devolución de la totalidad o de parte de la misma.
La fianza presentada por el concesionario quedará sin derecho a devolución si el pavimento no ha sido repuesto correctamente por el titular de la licencia, dando lugar a que el Ayuntamiento proceda a su demolición para reponer correctamente el pavimento mal repuesto.
Se fija en 1.000 euros el aval mínimo por Licencia, pudiendo reducirse en casos justificados.
Tarifa H: Cualesquiera otros aprovechamientos especiales autorizados y no recogidos
en los apartados anteriores: 1,05 euros/m2/día o fracción.
Tarifa mínima: 15,50 euros.
Artículo 8.2. El Mercadillo Municipal se celebrará todos los martes, en la explanada
del recinto ferial, y todos los sábados, en la calle Berlín, durante todo el año, festivos incluidos, con la única excepción de las Fiestas Patronales.
Artículo 38.1. Regula la gestión de la ocupación de vía pública por vallas, andamios,
puntales, contenedores, sacas, materiales de construcción o análogos, recogida en la Tarifa
E y F de la presente ordenanza.
3. En las sacas se deberá colocar de manera obligatoria cartel que contenga referencia de la autorización. En caso contrario podrá ser sancionado cuando se realicen las inspecciones oportunas por parte de Policía Local.
Artículo 39.1. Regula la gestión de la ocupación de vía pública por otros aprovechamientos especiales autorizados, y no recogidos en otros apartados, recogida en la Tarifa H
de la presente ordenanza.
6. No estarán sujetas a esta tarifa las siguientes actividades:
— Actividades en convenio con el Ayuntamiento.
— Actividades realizadas bajo el amparo de una convocatoria municipal.
— Actividades organismos públicos autorizadas por Ayuntamiento u programadas
por entidades ciudadanas, colectivos, asociaciones del municipio inscritas en el registro municipal, que lleven a cabo programas de interés social y que no persigan
intereses lucrativos más allá que los de financiar su propia actividad o fin social.
Velilla de San Antonio, a 20 de mayo de 2025.—La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.
(03/7.837/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791