San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250527-71)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
Notificación colectiva, exposición pública y período de cobranza.
D.a Lucía Soledad Fernández Alonso, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes (Madrid).
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, se notifican a los sujetos pasivos los actos liquidatorios contenidos en los padrones que seguidamente se citan correspondientes al ejercicio 2025, aprobados por las Resoluciones del concejal-delegado de Economía y Hacienda que asimismo
se especifican:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (2411/2025).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica (2410/2025).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales (2408/2025).
— Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos (2519/2025).
— Tasa por ocupación permanente de la vía pública (2109/2025).
Los citados padrones, se encuentran expuestos al público por plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El lugar de exposición será en el Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento ubicado, en el Edificio de Servicios Económicos (Pza. de la
Iglesia, n.o 7, 1.a planta).
Durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 1 de diciembre,
ambos inclusive, estarán puestos al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al ejercicio 2025 de los referidos tributos.
Dichos recibos podrán hacerse efectivos en las siguientes sucursales de las Entidades
colaboradoras, siempre que se aporte el aviso de pago enviado por el Ayuntamiento:
— Banco de Santander, Ibercaja, CaixaBank, Banco de Sabadell, BBVA, Unicaja,
Kutxabank, Abanca, Laboral Kutxa y Eurocaja Rural.
En el caso de no tener el aviso, podrá obtenerse en las oficinas de la Recaudación Municipal, sita en la Plaza de la Iglesia núm. 7 Bajo, de esta localidad, de 8:30 a 14:00 horas
de lunes a viernes, de alguna de las siguientes formas:
— Presencial.
— Certificado digital, a través de la sede electrónica.
Asimismo podrá utilizarse la pasarela virtual de pagos insertada en la página web municipal ( https://www.ssreyes.org/ ); esta pasarela podrá ser utilizada por aquellos contribuyentes titulares de cuentas en las entidades CaixaBank, Banco de Santander, BBVA, Eurocaja Rural, Unicaja, e IberCaja; también podrá hacerse uso de dicha pasarela, mediante
tarjeta bancaria o bizum.
Los contribuyentes con domiciliación bancaria, disfrutarán de las bonificaciones siguientes:
a) Bonificación del 3% en la cuota, en el supuesto del pago íntegro del importe del
recibo mediante domiciliación bancaria, cuando el pago sea realizado durante el
período ordinario establecido por el Ayuntamiento para el pago de cada tipo de
deuda. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros
para cada una de las deudas pagadas en esta modalidad.
b) Bonificación del 4% en la cuota, en el supuesto del pago fraccionado en tres plazos;
10 de mayo; 10 de julio y 10 de octubre (sin intereses, ni aportación de garantías),
mediante domiciliación bancaria, de la totalidad de las cuotas fraccionadas. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros para cada una
de las deudas pagadas en esta modalidad y se aplicará en la última fracción, siempre y cuando se hayan satisfecho a su vencimiento los dos plazos anteriores.
BOCM-20250527-71
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
Notificación colectiva, exposición pública y período de cobranza.
D.a Lucía Soledad Fernández Alonso, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes (Madrid).
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, se notifican a los sujetos pasivos los actos liquidatorios contenidos en los padrones que seguidamente se citan correspondientes al ejercicio 2025, aprobados por las Resoluciones del concejal-delegado de Economía y Hacienda que asimismo
se especifican:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (2411/2025).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica (2410/2025).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales (2408/2025).
— Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos (2519/2025).
— Tasa por ocupación permanente de la vía pública (2109/2025).
Los citados padrones, se encuentran expuestos al público por plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El lugar de exposición será en el Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento ubicado, en el Edificio de Servicios Económicos (Pza. de la
Iglesia, n.o 7, 1.a planta).
Durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 1 de diciembre,
ambos inclusive, estarán puestos al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al ejercicio 2025 de los referidos tributos.
Dichos recibos podrán hacerse efectivos en las siguientes sucursales de las Entidades
colaboradoras, siempre que se aporte el aviso de pago enviado por el Ayuntamiento:
— Banco de Santander, Ibercaja, CaixaBank, Banco de Sabadell, BBVA, Unicaja,
Kutxabank, Abanca, Laboral Kutxa y Eurocaja Rural.
En el caso de no tener el aviso, podrá obtenerse en las oficinas de la Recaudación Municipal, sita en la Plaza de la Iglesia núm. 7 Bajo, de esta localidad, de 8:30 a 14:00 horas
de lunes a viernes, de alguna de las siguientes formas:
— Presencial.
— Certificado digital, a través de la sede electrónica.
Asimismo podrá utilizarse la pasarela virtual de pagos insertada en la página web municipal ( https://www.ssreyes.org/ ); esta pasarela podrá ser utilizada por aquellos contribuyentes titulares de cuentas en las entidades CaixaBank, Banco de Santander, BBVA, Eurocaja Rural, Unicaja, e IberCaja; también podrá hacerse uso de dicha pasarela, mediante
tarjeta bancaria o bizum.
Los contribuyentes con domiciliación bancaria, disfrutarán de las bonificaciones siguientes:
a) Bonificación del 3% en la cuota, en el supuesto del pago íntegro del importe del
recibo mediante domiciliación bancaria, cuando el pago sea realizado durante el
período ordinario establecido por el Ayuntamiento para el pago de cada tipo de
deuda. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros
para cada una de las deudas pagadas en esta modalidad.
b) Bonificación del 4% en la cuota, en el supuesto del pago fraccionado en tres plazos;
10 de mayo; 10 de julio y 10 de octubre (sin intereses, ni aportación de garantías),
mediante domiciliación bancaria, de la totalidad de las cuotas fraccionadas. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros para cada una
de las deudas pagadas en esta modalidad y se aplicará en la última fracción, siempre y cuando se hayan satisfecho a su vencimiento los dos plazos anteriores.
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