Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) (BOCM-20250527-81)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 125
BOCM-20250527-81
o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes
del 30 de septiembre de 2025.
Quinto. Otros datos.—Los requisitos generales para solicitar la ayuda serán:
— Ser mayor de edad o menor emancipado judicialmente.
— Residir, estando empadronado/a, en los municipios de la Mancomunidad.
— Acreditar la situación de necesidad en la fecha de la solicitud.
— Haber sido perceptor/a de una prestación de carácter económico de la Mancomunidad durante 2025 y/o ser perceptor/a del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima
de Inserción en la fecha de solicitud.
— Tener suscrito un contrato de intervención socio familiar con la Mancomunidad
donde se especifiquen los objetivos, actuaciones y compromisos. Será requisito
indispensable que se cumplan los compromisos detallados en dicho documento
para que se conceda la ayuda.
— Aportar la documentación exigida en cada caso.
Deberán acompañarse a la solicitud según modelo recogido en el Anexo 2 de las bases
y convocatoria los documentos siguientes:
Documentación general:
Solicitud según el modelo recogido en el Anexo 2 de esta convocatoria debidamente
cumplimentada, donde la persona solicitante declare y haga constar las ayudas recibidas de
otros organismos o administraciones que le han sido concedidas con la misma finalidad que
la ayuda que solicita. En el caso de haber sido perceptor/a de una prestación económica de
la Mancomunidad en 2025 deberá declarar que las condiciones que dieron objeto a la concesión de la misma no han variado y que la misma se haya justificado de manera correcta.
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la prestación económica de carácter económico de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios
Sociales del Este de Madrid (MISSEM).
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la Renta
Mínima de Inserción.
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión del Ingreso
Mínimo Vital.
Factura/s o justificante/s del gasto para el tipo de ayuda que solicita, conforme al punto 16 de esta convocatoria.
Documentación específica:
Para la ayuda de alquiler de la vivienda será necesario presentar algunos de estos documentos: la demanda de desahucio por impago, la resolución judicial del embargo o desahucio de la vivienda o cualquier otro documento que justifique el riesgo de desahucio.
Contrato de arrendamiento de la vivienda a nombre de la persona que hace la solicitud
de la ayuda.
Los servicios sociales podrán requerir a las personas solicitantes cuantos datos y
documentos consideren precisos para resolver el expediente.
En Campo Real, a 19 de mayo de 2025.—La presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid, Nélida Bernabé Vicente.
(03/7.915/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 125
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o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes
del 30 de septiembre de 2025.
Quinto. Otros datos.—Los requisitos generales para solicitar la ayuda serán:
— Ser mayor de edad o menor emancipado judicialmente.
— Residir, estando empadronado/a, en los municipios de la Mancomunidad.
— Acreditar la situación de necesidad en la fecha de la solicitud.
— Haber sido perceptor/a de una prestación de carácter económico de la Mancomunidad durante 2025 y/o ser perceptor/a del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima
de Inserción en la fecha de solicitud.
— Tener suscrito un contrato de intervención socio familiar con la Mancomunidad
donde se especifiquen los objetivos, actuaciones y compromisos. Será requisito
indispensable que se cumplan los compromisos detallados en dicho documento
para que se conceda la ayuda.
— Aportar la documentación exigida en cada caso.
Deberán acompañarse a la solicitud según modelo recogido en el Anexo 2 de las bases
y convocatoria los documentos siguientes:
Documentación general:
Solicitud según el modelo recogido en el Anexo 2 de esta convocatoria debidamente
cumplimentada, donde la persona solicitante declare y haga constar las ayudas recibidas de
otros organismos o administraciones que le han sido concedidas con la misma finalidad que
la ayuda que solicita. En el caso de haber sido perceptor/a de una prestación económica de
la Mancomunidad en 2025 deberá declarar que las condiciones que dieron objeto a la concesión de la misma no han variado y que la misma se haya justificado de manera correcta.
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la prestación económica de carácter económico de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios
Sociales del Este de Madrid (MISSEM).
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la Renta
Mínima de Inserción.
En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión del Ingreso
Mínimo Vital.
Factura/s o justificante/s del gasto para el tipo de ayuda que solicita, conforme al punto 16 de esta convocatoria.
Documentación específica:
Para la ayuda de alquiler de la vivienda será necesario presentar algunos de estos documentos: la demanda de desahucio por impago, la resolución judicial del embargo o desahucio de la vivienda o cualquier otro documento que justifique el riesgo de desahucio.
Contrato de arrendamiento de la vivienda a nombre de la persona que hace la solicitud
de la ayuda.
Los servicios sociales podrán requerir a las personas solicitantes cuantos datos y
documentos consideren precisos para resolver el expediente.
En Campo Real, a 19 de mayo de 2025.—La presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid, Nélida Bernabé Vicente.
(03/7.915/25)
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ISSN 1989-4791