San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20250527-70)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 125
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
4.2.
Pág. 225
Concurso de méritos:
Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan solo participarán
aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los méritos
alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la finalización
del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos. Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite
fehacientemente lo alegado. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos avalorar. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de
méritos es de 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2. Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose como tales las
siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en materia de Educación, y sin que
pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1. Doctorado: 0,80 puntos.
2. Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema Europeo de
Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS): 0,20 puntos.
3. Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología, se otorgará una
puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior, excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
c) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Nivel C2: 0,40 puntos.
2. Nivel C1: 0,30 puntos.
3. Nivel B2: 0,20 puntos.
4. Nivel B1: 0,10 puntos.
d) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio competente en materia de Educación,
por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de
formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro
de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
1. Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
2. Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de horas
lectivas realizadas.
BOCM-20250527-70
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán
los niveles superiores al exigido.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 125
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
4.2.
Pág. 225
Concurso de méritos:
Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan solo participarán
aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los méritos
alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la finalización
del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos. Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite
fehacientemente lo alegado. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos avalorar. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de
méritos es de 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2. Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose como tales las
siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en materia de Educación, y sin que
pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1. Doctorado: 0,80 puntos.
2. Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema Europeo de
Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS): 0,20 puntos.
3. Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología, se otorgará una
puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior, excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
c) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Nivel C2: 0,40 puntos.
2. Nivel C1: 0,30 puntos.
3. Nivel B2: 0,20 puntos.
4. Nivel B1: 0,10 puntos.
d) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio competente en materia de Educación,
por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de
formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro
de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
1. Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
2. Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de horas
lectivas realizadas.
BOCM-20250527-70
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán
los niveles superiores al exigido.