Alcalá de Henares (BOCM-20250526-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 124

datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales) por el
Ayuntamiento de Alcalá de Henares como responsable e incorporados al tratamiento “Provisión de Puestos de Trabajo”, cuya finalidad es la Selección de personal y provisión de
puestos de trabajo mediante convocatoria.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en
el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, en la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte y en el ejercicio de los poderes públicos o competencias conferidos o, en su caso, la necesidad de cumplimiento de una misión
realizada en interés público y no se prevén transferencias de datos y sólo se llevarán a cabo
las comunicaciones de datos legalmente establecidas.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para
la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de
dicha finalidad y del tratamiento de datos. Usted podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Limitación del tratamiento, Supresión o, en su caso, Oposición, conforme a la información disponible en la Política de Privacidad https://www.ayto-alcaladehenares.es/politicade-privacidad/ ante el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, plaza de Cervantes, 12, 28801
Alcalá de Henares o en la dirección de correo dpd@ayto-alcaladehenares.es

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, recibidas las mismas, se dictará resolución por la que se apruebe la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresa mención en el caso de los aspirantes excluidos de la causa que determinó su exclusión.
Las personas interesadas que resulten excluidas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles para formular reclamaciones a la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as
y subsanar los motivos que hubieran determinado su exclusión. Finalizado dicho plazo de
subsanación y examinadas las reclamaciones se dictará resolución aprobando la relación
definitiva de personas aspirantes admitidas al proceso.
Concluidos los trámites anteriores se procederá a efectuar el procedimiento que determine la idoneidad de la persona aspirante, por parte de la Concejalía Delegada de Cultura,
o personas en quienes se delegue, y se elevará propuesta sobre el aspirante que se considere más idóneos y que por tanto debe ser nombrado en comisión de servicios.
La selección de los aspirantes, en atención a la especial responsabilidad que lleva aparejado el puesto, se llevará a cabo atendiendo especialmente a las competencias profesionales necesarias para el óptimo desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En particular, serán objeto de valoración, de acuerdo con los méritos acreditados por los aspirantes
al puesto, los siguientes aspectos:
— Servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas.
— Formación específica en el área de Cultura.
— Experiencia en coordinación y/o comisariado de exposiciones y eventos.
— Experiencia en elaboración de catálogos.
— Experiencia en relación con instituciones culturales a nivel nacional e internacional.
La valoración objetiva de todos estos aspectos, anteriormente enumerados, servirá
como base para la elección de la persona con aquellas competencias más idóneas para el desempeño del puesto objeto de la convocatoria.
Examinadas las solicitudes por la Concejalía de Cultura, las personas aspirantes podrán ser convocada para la realización de una entrevista personal si se considerara necesario. En caso de realizarse, una vez concluidas las entrevistas personales y analizadas las solicitudes la Concejalía de Cultura, propondrá a la persona aspirante que se considere debe
ser nombrada en comisión de servicios para el puesto convocado.
No obstante, podrá proponerse declarar desierta la convocatoria cuando se estime que
ninguno de los/as candidatos/as presentados reúne las condiciones exigidas.
Nombramiento y toma de posesión
Recabados los correspondientes informes que deben acompañar al expediente, se dictará resolución procediendo al nombramiento de la persona aspirante propuesta en comisión de servicios por período de un año, que podrá prorrogarse por otro año, si el Ayuntamiento así lo estimara.

BOCM-20250526-49

Desarrollo del proceso