Madrid (BOCM-20250522-56)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como Capital de Negocios,
aprobada por Decreto de 7 de mayo de 2025 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—La convocatoria tiene por objeto apoyar la internacionalización de las empresas madrileñas y la atracción de inversión internacional mediante la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen la actividad económica de Madrid.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones
(PES) 2024-2027 aprobado por Acuerdo de 18 de julio de 2024 de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027. En concreto se
enmarca en la línea 12, Fomentar el tejido económico y empresarial y la internacionalización de la ciudad, objetivo específico 44 (Impulsar el crecimiento del tejido empresarial
madrileño y fomentar la internacionalización de las empresas), actividad “Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como capital de negocios”.
Segunda. Régimen jurídico.—La convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en
estas bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre
de 2013, en adelante, OBRS; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS; por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante RGS; por el Reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Asimismo, esta
convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto,
por las normas de derecho privado.
Tercera. Requisitos para ser beneficiarios.—1. Actuaciones subvencionables:
a) Las actuaciones relativas a encuentros empresariales que promocionen la ciudad
de Madrid como destino para la inversión extranjera o que promuevan la internacionalización de las empresas madrileñas y a los que asistan de forma presencial
un mínimo de 75 empresas o entidades.
b) La temática de cada uno de los encuentros deberá versar sobre alguno de los siguientes ámbitos: Ciberseguridad, BigData, Inteligencia Artificial, Industria, Economía Circular, Economía Social, Atracción y retención de talento nacional e internacional, Semiconductores y Biotecnología.
c) Que se realicen en el término municipal de Madrid con carácter presencial, desde
el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, en un plazo cierto no
superior a 5 días consecutivos, no formando parte del encuentro a los efectos de
la subvención, los actos de presentación realizados con anterioridad o de resultados realizados con posterioridad, ni los de carácter meramente protocolario, como
recepciones de delegaciones o comidas y cenas institucionales, entre otras.
BOCM-20250522-56
BDNS (Identif.): 831147, 831148 y 831149
Pág. 230
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AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como Capital de Negocios,
aprobada por Decreto de 7 de mayo de 2025 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—La convocatoria tiene por objeto apoyar la internacionalización de las empresas madrileñas y la atracción de inversión internacional mediante la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen la actividad económica de Madrid.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones
(PES) 2024-2027 aprobado por Acuerdo de 18 de julio de 2024 de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027. En concreto se
enmarca en la línea 12, Fomentar el tejido económico y empresarial y la internacionalización de la ciudad, objetivo específico 44 (Impulsar el crecimiento del tejido empresarial
madrileño y fomentar la internacionalización de las empresas), actividad “Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como capital de negocios”.
Segunda. Régimen jurídico.—La convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en
estas bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre
de 2013, en adelante, OBRS; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS; por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante RGS; por el Reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Asimismo, esta
convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto,
por las normas de derecho privado.
Tercera. Requisitos para ser beneficiarios.—1. Actuaciones subvencionables:
a) Las actuaciones relativas a encuentros empresariales que promocionen la ciudad
de Madrid como destino para la inversión extranjera o que promuevan la internacionalización de las empresas madrileñas y a los que asistan de forma presencial
un mínimo de 75 empresas o entidades.
b) La temática de cada uno de los encuentros deberá versar sobre alguno de los siguientes ámbitos: Ciberseguridad, BigData, Inteligencia Artificial, Industria, Economía Circular, Economía Social, Atracción y retención de talento nacional e internacional, Semiconductores y Biotecnología.
c) Que se realicen en el término municipal de Madrid con carácter presencial, desde
el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, en un plazo cierto no
superior a 5 días consecutivos, no formando parte del encuentro a los efectos de
la subvención, los actos de presentación realizados con anterioridad o de resultados realizados con posterioridad, ni los de carácter meramente protocolario, como
recepciones de delegaciones o comidas y cenas institucionales, entre otras.
BOCM-20250522-56
BDNS (Identif.): 831147, 831148 y 831149