Arganda del Rey (BOCM-20250522-63)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 121

BOCM-20250522-63

7.3. En términos iguales a lo establecido en el 7.2 deberá hacerse constar respecto de
los acuerdos adoptados por la Alcaldía en virtud de la presente delegación.
Octavo.—El Pleno, como órgano delegante (Pleno), conservará las siguientes facultades en relación con la competencia delegada:
— La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de
los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
— La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
— Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante. No obstante, lo anterior, se
delega expresamente en el órgano delegado la resolución del recurso de reposición
que pueda interponerse contra los actos dictados por el órgano delegado.
— El Pleno como órgano delegante podrá avocar en cualquier momento la competencia delegada con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.
— En el caso de revocar la delegación, el órgano que ostente la competencia originaria,
podrá revisar las resoluciones tomadas por el órgano o autoridad delegada en los
mismos casos y condiciones establecidas para la revisión de oficio de los actos administrativos.
Noveno.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de edictos municipal sin perjuicio de su efectividad al día siguiente de su aprobación. Publicar asimismo el presente decreto en el portal de Transparencia de
la web municipal.
Décimo.—Dar cuenta del presente acuerdo a los diferentes servicios municipales, a los
miembros de la Junta de Gobierno Local y a los presidentes y secretarios de las Comisiones informativas”.
Tras ello, se somete la propuesta a votación, resultando que el Pleno de la Corporación
aprueba por mayoría con quince votos a favor: once del Grupo Municipal Popular, tres del
Grupo Municipal Vox y uno de la concejala no adscrita, y nueve votos en contra del grupo
municipal socialista (ausente Sr. Hita Téllez), el dictamen anteriormente transcrito».
Arganda del Rey, a 12 de mayo de 2025.—El alcalde, Alberto Escribano García.
(03/7.417/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791