C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250522-30)
Centralización compras – Orden 852/2025, de 7 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara de uniformidad y gestión centralizada la contratación del suministro de los productos sanitarios necesarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas, para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, mediante Acuerdo Marco
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
ORDEN 852/2025, de 7 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara de uniformidad y gestión centralizada la contratación del suministro de
los productos sanitarios necesarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas, para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de
Salud, mediante Acuerdo Marco.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación
Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de abril de 2003), podrán ser objeto de
contratación centralizada aquellos bienes y servicios cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Comunidad.
El apartado segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo declarar la uniformidad,
previo informe de la Dirección General de Patrimonio (actualmente Dirección General de
Patrimonio y Contratación).
La Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, de conformidad
con el artículo 41.Cuatro 2 d) de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes
para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la
Comunidad de Madrid, tiene entre sus funciones proponer al órgano competente la contratación de los suministros bienes y servicios cuya contratación deba realizarse de forma
centralizada, competencia que ha sido delegada por el Consejo de Administración de la
Agencia, en su reunión de 23 de diciembre de 2024, a su Consejero Delegado, Acuerdo
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2025.
Como medida de racionalización la Agencia considera que debe declararse de gestión
centralizada los suministros de determinados productos sanitarios necesarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, para complementar los ya incluidos en la Orden 566/2007, de 30
de marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se acuerda la uniformidad de
determinados productos sanitarios y se declara de gestión centralizada su contratación.
Las solicitudes de nuevos productos por parte de los profesionales del Servicio Madrileño de Salud, avalados por la evidencia científica y tras el consenso de la comisión técnica
de productos sanitarios, han justificado la tramitación de la declaración de compra centralizada para los siguientes productos:
— Colágeno en placa.
— Espuma poliuretano con bordes adhesivos de silicona. Anatómico sacro.
— Rollo de fieltro de descara para pie de diabético.
— Apósito súper-absorbente con bordes adhesivos de silicona.
— Apósito súper-absorbente sin bordes.
— Sistema de comprensión para MMII reutilizable con posibilidad de modificación,
ajustable al diámetro de la pierna.
En este sentido la Consejería de Sanidad, a propuesta del Consejero Delegado de la
Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid , y conforme a lo dispuesto en
los artículos 3.5, 32, 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, declara necesaria la ampliación
de la declaración de uniformidad y compra centralizada en el ámbito del Servicio Madrileño
de Salud del suministro de productos sanitarios para la prevención y el tratamiento de heridas
crónicas anteriormente enumerados para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, cuya contratación se llevará a cabo a través de un acuerdo marco.
La finalidad de esta declaración es ampliar y definir el catálogo de productos sanitarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud; homogeneizar las exigencias técnicas y los criterios de calidad de los productos ofertados; establecer un precio único para todos los centros
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
ORDEN 852/2025, de 7 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara de uniformidad y gestión centralizada la contratación del suministro de
los productos sanitarios necesarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas, para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de
Salud, mediante Acuerdo Marco.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación
Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de abril de 2003), podrán ser objeto de
contratación centralizada aquellos bienes y servicios cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Comunidad.
El apartado segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo declarar la uniformidad,
previo informe de la Dirección General de Patrimonio (actualmente Dirección General de
Patrimonio y Contratación).
La Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, de conformidad
con el artículo 41.Cuatro 2 d) de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes
para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la
Comunidad de Madrid, tiene entre sus funciones proponer al órgano competente la contratación de los suministros bienes y servicios cuya contratación deba realizarse de forma
centralizada, competencia que ha sido delegada por el Consejo de Administración de la
Agencia, en su reunión de 23 de diciembre de 2024, a su Consejero Delegado, Acuerdo
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2025.
Como medida de racionalización la Agencia considera que debe declararse de gestión
centralizada los suministros de determinados productos sanitarios necesarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, para complementar los ya incluidos en la Orden 566/2007, de 30
de marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se acuerda la uniformidad de
determinados productos sanitarios y se declara de gestión centralizada su contratación.
Las solicitudes de nuevos productos por parte de los profesionales del Servicio Madrileño de Salud, avalados por la evidencia científica y tras el consenso de la comisión técnica
de productos sanitarios, han justificado la tramitación de la declaración de compra centralizada para los siguientes productos:
— Colágeno en placa.
— Espuma poliuretano con bordes adhesivos de silicona. Anatómico sacro.
— Rollo de fieltro de descara para pie de diabético.
— Apósito súper-absorbente con bordes adhesivos de silicona.
— Apósito súper-absorbente sin bordes.
— Sistema de comprensión para MMII reutilizable con posibilidad de modificación,
ajustable al diámetro de la pierna.
En este sentido la Consejería de Sanidad, a propuesta del Consejero Delegado de la
Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid , y conforme a lo dispuesto en
los artículos 3.5, 32, 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, declara necesaria la ampliación
de la declaración de uniformidad y compra centralizada en el ámbito del Servicio Madrileño
de Salud del suministro de productos sanitarios para la prevención y el tratamiento de heridas
crónicas anteriormente enumerados para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, cuya contratación se llevará a cabo a través de un acuerdo marco.
La finalidad de esta declaración es ampliar y definir el catálogo de productos sanitarios para la prevención y el tratamiento de heridas crónicas para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud; homogeneizar las exigencias técnicas y los criterios de calidad de los productos ofertados; establecer un precio único para todos los centros
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