Fuenlabrada (BOCM-20250514-44)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025

Pág. 177

BOCM-20250514-44

Quinto. Importe.—El importe asignado a estas subvenciones está consignado en la
aplicación presupuestaria de gasto 2000-150-78001 del presupuesto municipal 2025 y se
distribuye así:
— Programa 1: edificios de tipología residencial colectiva, 150.000 euros ampliables
en 150.000 euros adicionales.
— Programa 2: viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva o
vivienda unifamiliar o agrupadas en fila, 50.000 euros ampliables en 50.000 euros
adicionales.
Sexto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes y
documentación preceptiva (detallada en el art. 12 de la convocatoria) se inicia desde el día
siguiente a fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, y finaliza a las 23:59 horas del día 5 de septiembre de 2025.
El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas
en la presente convocatoria estará disponible en la “Sede Electrónica del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada”. Las modalidades de presentación/registro de solicitudes
son las siguientes:
— Registro telemático: a través de la sede electrónica del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada https://sede.imvfuenlabrada.es/ y en su caso, y de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá realizar la presentación electrónica directamente por sus propios medios o a
través de las Oficinas de Atención al Ciudadano o de Registro General de las distintas administraciones públicas, todo ello sin perjuicio de optar por los medios
previstos en dicha Ley.
— Registro presencial: (únicamente para el Programa 2): en el Registro del Instituto
Municipal de Vivienda de Fuenlabrada (Espacio Municipal Los Arcos, calle Norte, 11) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Pago.—El pago de la subvención se realizará tras la aprobación por la Junta de Gobierno Local del acuerdo de concesión y publicación de la lista definitiva, en un
único libramiento mediante transferencia a la cuenta bancaria cuya titularidad se haya acreditado por el solicitante.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho
interese.
La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del
acto administrativo.
En Fuenlabrada, a 7 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/7.171/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791