Arganda del Rey (BOCM-20250514-39)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
9. Representar al Ayuntamiento en la firma de las actas que se atribuyan al Alcalde
en el artículo 52 de la Ley 16 de diciembre 1954, de Expropiación Forzosa.
10. Representante Municipal en Juntas de Compensación.
Facultades resolutorias y ejecutivas:
11. Resolver todo tipo de solicitudes que los particulares o empresas puedan formular o todo tipo de expedientes incoados por el Ayuntamiento en el ámbito de las competencias delegadas en la concejalía, salvo las que deban ser competencia de otros órganos bien
por la normativa vigente o bien por delegación.
12. Emisión de informes que corresponda adoptar al Ayuntamiento a solicitud de
otras Administraciones en tramitación de proyectos, planes o programas, en los tramites de
información pública.
13. Adopción de medidas provisionales que según la Ley de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en relación con las materias atribuidas a la citada
Concejalía.
14. Publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en
aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.
15. Autorizaciones de constitución y devolución de fianzas, depósitos, avales y su cancelación cuando estén vinculadas o se produzcan en materias de sus competencias delegadas.
16. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
17. La estimación o desestimación de las solicitudes que los particulares puedan
formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el
área, concejalía o servicio encomendado.
18. Recepción de obras públicas y de urbanización.
19. Dirección, ordenación, gestión, Inspección, conservación y contratación referida
al Patrimonio Municipal del Suelo excepto que por las disposiciones vigentes se atribuyan
a otros órganos.
20. La revocación y rectificación de errores de actos dictados en el ámbito de la competencia delegada en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
21. Tramitación y resolución de solicitudes de acceso a información respecto de
procedimientos en curso, que los interesados puedan formular, en el ámbito de las competencias delegadas, en los términos establecidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
22. Llevar a puro y debido efecto el contenido de los fallos de las sentencias recaídas
en asuntos del ámbito de sus competencias, así como, efectuar propuestas de cumplimiento
a otros órganos competentes de su ejecución, por razón del ámbito de la competencia de la
concejalía.
23. Aprobar, formalizar y publicar los encargos a la Empresa de Servicios Municipales de Arganda (ESMAR, S. A.) como medio propio personificado del Ayuntamiento de
Arganda en relación con los ámbitos materiales delegados y, al amparo de lo previsto en el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, incluida, por tanto la aprobación y el compromiso del gasto que comporte dicho encargo y siempre que no exceda de los límites que
en materia de gastos sea competencia de la Alcaldía.
Facultades de fomento:
24. Solicitud y justificación de subvenciones incluidas en su ámbito de gestión e inspección objeto de delegación.
25. Promoción, aprobación y concesión de subvenciones o premios en el ámbito de
las competencias delegadas y los expedientes de justificación y, en su caso reintegro.
Facultades como órgano de contratación:
26. Competencias como órgano de contratación correspondientes a los contratos menores y procedimiento abierto simplificado del artículo 159.6 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su ámbito de delegación.
Facultades sancionadoras:
27. Sancionar faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la concejalía.
28. Se delegará en la Concejalía específicamente la protección de la legalidad urbanística, así como las competencias sancionadoras, de inspección urbanística y de restauración que la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid atribuye al Alcalde, así como la po-
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BOCM-20250514-39
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
9. Representar al Ayuntamiento en la firma de las actas que se atribuyan al Alcalde
en el artículo 52 de la Ley 16 de diciembre 1954, de Expropiación Forzosa.
10. Representante Municipal en Juntas de Compensación.
Facultades resolutorias y ejecutivas:
11. Resolver todo tipo de solicitudes que los particulares o empresas puedan formular o todo tipo de expedientes incoados por el Ayuntamiento en el ámbito de las competencias delegadas en la concejalía, salvo las que deban ser competencia de otros órganos bien
por la normativa vigente o bien por delegación.
12. Emisión de informes que corresponda adoptar al Ayuntamiento a solicitud de
otras Administraciones en tramitación de proyectos, planes o programas, en los tramites de
información pública.
13. Adopción de medidas provisionales que según la Ley de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en relación con las materias atribuidas a la citada
Concejalía.
14. Publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en
aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.
15. Autorizaciones de constitución y devolución de fianzas, depósitos, avales y su cancelación cuando estén vinculadas o se produzcan en materias de sus competencias delegadas.
16. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
17. La estimación o desestimación de las solicitudes que los particulares puedan
formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el
área, concejalía o servicio encomendado.
18. Recepción de obras públicas y de urbanización.
19. Dirección, ordenación, gestión, Inspección, conservación y contratación referida
al Patrimonio Municipal del Suelo excepto que por las disposiciones vigentes se atribuyan
a otros órganos.
20. La revocación y rectificación de errores de actos dictados en el ámbito de la competencia delegada en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
21. Tramitación y resolución de solicitudes de acceso a información respecto de
procedimientos en curso, que los interesados puedan formular, en el ámbito de las competencias delegadas, en los términos establecidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
22. Llevar a puro y debido efecto el contenido de los fallos de las sentencias recaídas
en asuntos del ámbito de sus competencias, así como, efectuar propuestas de cumplimiento
a otros órganos competentes de su ejecución, por razón del ámbito de la competencia de la
concejalía.
23. Aprobar, formalizar y publicar los encargos a la Empresa de Servicios Municipales de Arganda (ESMAR, S. A.) como medio propio personificado del Ayuntamiento de
Arganda en relación con los ámbitos materiales delegados y, al amparo de lo previsto en el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, incluida, por tanto la aprobación y el compromiso del gasto que comporte dicho encargo y siempre que no exceda de los límites que
en materia de gastos sea competencia de la Alcaldía.
Facultades de fomento:
24. Solicitud y justificación de subvenciones incluidas en su ámbito de gestión e inspección objeto de delegación.
25. Promoción, aprobación y concesión de subvenciones o premios en el ámbito de
las competencias delegadas y los expedientes de justificación y, en su caso reintegro.
Facultades como órgano de contratación:
26. Competencias como órgano de contratación correspondientes a los contratos menores y procedimiento abierto simplificado del artículo 159.6 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su ámbito de delegación.
Facultades sancionadoras:
27. Sancionar faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la concejalía.
28. Se delegará en la Concejalía específicamente la protección de la legalidad urbanística, así como las competencias sancionadoras, de inspección urbanística y de restauración que la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid atribuye al Alcalde, así como la po-
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