C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250513-20)
Concesión subvenciones –  Resolución de 23 de abril de 2025, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 113

tacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual así como por cualquier delito de trata de seres humanos.
Tercero
El abono de la subvención se realizará mediante un único pago que se abonará con carácter de anticipo a cuenta, inmediatamente después de su materialización, de conformidad
con el plan de disposición de fondos específico autorizado por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de fecha 4
de abril de 2025. El beneficiario está exento de la constitución de garantías.
Para la tramitación de los pagos el beneficiario deberá aportar las certificaciones de la
Administración Tributaria, Seguridad Social y Cámara de Cuentas indicadas en el artículo
precedente.
Cuarto
El beneficiario deberá cumplir las obligaciones de carácter general que establece el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A título meramente enunciativo, deberá:
a) Justificar la aportación de la Comunidad de Madrid en la forma establecida en el
artículo séptimo.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Comunidad de
Madrid, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan
a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas de la
Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
c) Asumir los extremos regulados en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
en relación con el régimen de control de las subvenciones y su ejercicio por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, así como toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
e) En su caso, solicitar la autorización previa para subcontratar la ejecución total o
parcial del objeto de la Orden, así como aportar conjuntamente con la cuenta justificativa el contrato celebrado.
f) Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior al importe considerado contrato menor por la legislación de contratos del Sector Público vigente
en el momento de la justificación, IVA excluido, el beneficiario deberá solicitar
como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega de los bienes,
salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se
hubiera realizado con anterioridad a la concesión de la subvención. La elección
entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la justificación o en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en la memoria la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
El Museo tendrá como objetivos principales la difusión y promoción tanto de la figura de Ulpiano Checa como de su obra y su época, así como el impulso del centro para contribuir al desarrollo cultural y social del municipio. Para el desarrollo de esa función primordial, el beneficiario deberá:
a) Disponer de instalaciones adecuadas en cuanto a seguridad, conservación y presentación al público, así como de personal técnico y auxiliar con titulación y formación precisas.
b) Mantener un régimen de apertura al público mínimo de 5 días por semana.
c) Disponer de inventario y catálogo de sus fondos accesible a investigadores.
d) Ofrecer materiales de promoción y difusión para distintos tipos de visitantes.
Para el cumplimiento de estos fines desarrollará las siguientes actuaciones, que constituyen el objeto de la subvención:
— Conservación y restauración de las colecciones, a cargo de personal debidamente
titulado, así como su correcta exhibición e instalación en zonas de reserva.

BOCM-20250513-20

Quinto