San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250512-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE MAYO DE 2025
Pág. 265
1.6. Ámbito de aplicación.
Estas Bases vinculan a la Administración, al Tribunal que ha de juzgar las pruebas selecvas y a
quienes parcipen en las mismas. Solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administravo Común de las Administraciones
Públicas.
2ª. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en las pruebas selecvas, por el sistema de promoción interna, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser miembro del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Sebasán de los
Reyes.
b)
Tener una angüedad, de al menos, dos años de servicio acvo en la categoría de Oficial
según denominación de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de
la Comunidad de Madrid, angua categoría de Cabo de Policía Local, como funcionario o
funcionaria de carrera, en los términos del arculo 41.2 de la citada ley.
c)
Estar en posesión de la tulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, Grado Universitario o su equivalente oficial. En caso de tulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o
credencial que acredite la homologación.
d)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial.
e)
No hallarse en situación de segunda acvidad, excepto por causa de embarazo o riesgo
durante la lactancia natural.
Las/los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos el día que finalice el plazo para la
presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de
carrera. La acreditación de estos deberá efectuarse con anterioridad al correspondiente
nombramiento como funcionario/a en práccas.
BOCM-20250512-72
No obstante, lo anterior, en cualquier momento del proceso selecvo, el Tribunal podrá requerir
a las personas aspirantes, la documentación acreditava de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o
varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la parte interesada, deberá emir
propuesta movada de exclusión del proceso selecvo, dirigida al órgano que hubiera aprobado
la relación definiva de aspirantes admidos/as, comunicando, asimismo, las inexactudes o
falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de parcipación a los efectos
pernentes.
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE MAYO DE 2025
Pág. 265
1.6. Ámbito de aplicación.
Estas Bases vinculan a la Administración, al Tribunal que ha de juzgar las pruebas selecvas y a
quienes parcipen en las mismas. Solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administravo Común de las Administraciones
Públicas.
2ª. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en las pruebas selecvas, por el sistema de promoción interna, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser miembro del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Sebasán de los
Reyes.
b)
Tener una angüedad, de al menos, dos años de servicio acvo en la categoría de Oficial
según denominación de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de
la Comunidad de Madrid, angua categoría de Cabo de Policía Local, como funcionario o
funcionaria de carrera, en los términos del arculo 41.2 de la citada ley.
c)
Estar en posesión de la tulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, Grado Universitario o su equivalente oficial. En caso de tulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o
credencial que acredite la homologación.
d)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial.
e)
No hallarse en situación de segunda acvidad, excepto por causa de embarazo o riesgo
durante la lactancia natural.
Las/los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos el día que finalice el plazo para la
presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de
carrera. La acreditación de estos deberá efectuarse con anterioridad al correspondiente
nombramiento como funcionario/a en práccas.
BOCM-20250512-72
No obstante, lo anterior, en cualquier momento del proceso selecvo, el Tribunal podrá requerir
a las personas aspirantes, la documentación acreditava de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o
varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la parte interesada, deberá emir
propuesta movada de exclusión del proceso selecvo, dirigida al órgano que hubiera aprobado
la relación definiva de aspirantes admidos/as, comunicando, asimismo, las inexactudes o
falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de parcipación a los efectos
pernentes.