B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250512-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1080/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 12 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 112

— El segundo tema se extraerá de los bloques III, IV y V del temario denominados,
respectivamente, “Relaciones internacionales y Unión Europea”, “Gestión pública y recursos humanos” y “Gestión financiera”.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 h) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios,
sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la
Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11
de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno), el órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden
de ideas y la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que
permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización
de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
2.3. Tercer ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos propuestos por el órgano de selección, y relacionados con el contenido de los bloques
“Derecho administrativo”, “Gestión pública y recursos humanos” y “Gestión financiera”
del programa.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, se podrá acudir con la documentación y el material que el órgano de selección pudiera, en su
caso, estimar oportuno a tal efecto, y que se indicará en el momento de convocar el indicado ejercicio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 h) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios,
sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la
Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11 de
diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno), el órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la
elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos, así
como la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de
abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Segundo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los temas se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada tema. La calificación final de este
ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los temas, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los supuestos se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para
superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada supuesto práctico. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
3. A efectos de la calificación final del proceso, el órgano de selección se ajustará a
lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, ordenándose a las personas aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha
calificación final.

BOCM-20250512-3

Calificación de la oposición