D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250510-15)
Convenio – Convenio de 21 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Círculo de Bellas Artes de Madrid, para la realización conjunta de un programa de actividades culturales en 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE MAYO DE 2025
Pág. 119
cación entre artistas en la totalidad de sus actividades y líneas de actuación, ofreciéndose y
promoviéndose cómo lugar de encuentro, formación, difusión e información.
VI. Que, desde su fundación, el Círculo ha desarrollado una importante labor en el
campo de la creación y la difusión cultural, siendo uno de los centros culturales privados
más importantes de Europa, caracterizado por su actitud abierta hacia las más destacadas e
innovadoras corrientes artísticas.
VII. Que el Círculo es, además, un centro multidisciplinar en el que se desarrollan
actividades que abarcan desde las artes plásticas hasta la literatura pasando por la ciencia,
la filosofía, el cine o las artes escénicas.
VIII. Que la Comunidad de Madrid considera de alto interés cultural y de refuerzo
de la imagen de la región como foco de irradiación cultural, la colaboración con el Círculo
para la realización conjunta de un programa actividades culturales.
IX. Que el Círculo está de acuerdo en llevar a cabo en su ámbito propio de actuación,
las actividades necesarias para el eficaz cumplimiento de sus objetivos de defensa y promoción del sector de las artes escénicas en general, de acuerdo con la Comunidad de Madrid.
X. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid,
suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Círculo y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid
para la organización conjunta de un programa de actividades culturales en 2025.
Segunda
1. La organización conjunta con la Comunidad de Madrid de un programa de actividades culturales en 2025, reflejadas en el anexo 1 de este convenio
2. Gestionar la utilización de los espacios del Círculo más adecuados para la realización de las actividades mencionadas en el punto 1, así como los medios técnicos, materiales y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
3. Asumir los gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por
la realización de cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio. Esta recaudación será ingresada en su integridad en la cuenta corriente que el Círculo tenga habilitada al efecto.
4. Cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de
Madrid, según el modelo que esta le facilitará. Todas las aplicaciones del logotipo de la Comunidad de Madrid serán sometidas a aprobación de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte de la Comunidad de Madrid, con antelación a su producción o difusión.
5. El Círculo hará constar la colaboración de la Comunidad de Madrid, reconociéndola como coorganizadora de las actividades objeto de este convenio en todos los comunicados de prensa y elementos promocionales que se realicen. La difusión de la colaboración
de la Comunidad de Madrid en cualquier elemento de comunicación o difusión será aprobada con carácter previo a su distribución por la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
6. El Círculo se compromete a reservar para la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte un número, a decidir en conjunto, de invitaciones individuales, de uso libre para la
Comunidad de Madrid, para todas las actividades objeto de este convenio.
7. El Círculo se compromete a definir en conjunto con la Comunidad de Madrid el
calendario de acciones previstas en este convenio.
BOCM-20250510-15
Obligaciones del Círculo
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE MAYO DE 2025
Pág. 119
cación entre artistas en la totalidad de sus actividades y líneas de actuación, ofreciéndose y
promoviéndose cómo lugar de encuentro, formación, difusión e información.
VI. Que, desde su fundación, el Círculo ha desarrollado una importante labor en el
campo de la creación y la difusión cultural, siendo uno de los centros culturales privados
más importantes de Europa, caracterizado por su actitud abierta hacia las más destacadas e
innovadoras corrientes artísticas.
VII. Que el Círculo es, además, un centro multidisciplinar en el que se desarrollan
actividades que abarcan desde las artes plásticas hasta la literatura pasando por la ciencia,
la filosofía, el cine o las artes escénicas.
VIII. Que la Comunidad de Madrid considera de alto interés cultural y de refuerzo
de la imagen de la región como foco de irradiación cultural, la colaboración con el Círculo
para la realización conjunta de un programa actividades culturales.
IX. Que el Círculo está de acuerdo en llevar a cabo en su ámbito propio de actuación,
las actividades necesarias para el eficaz cumplimiento de sus objetivos de defensa y promoción del sector de las artes escénicas en general, de acuerdo con la Comunidad de Madrid.
X. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid,
suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Círculo y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid
para la organización conjunta de un programa de actividades culturales en 2025.
Segunda
1. La organización conjunta con la Comunidad de Madrid de un programa de actividades culturales en 2025, reflejadas en el anexo 1 de este convenio
2. Gestionar la utilización de los espacios del Círculo más adecuados para la realización de las actividades mencionadas en el punto 1, así como los medios técnicos, materiales y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
3. Asumir los gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por
la realización de cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio. Esta recaudación será ingresada en su integridad en la cuenta corriente que el Círculo tenga habilitada al efecto.
4. Cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de
Madrid, según el modelo que esta le facilitará. Todas las aplicaciones del logotipo de la Comunidad de Madrid serán sometidas a aprobación de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte de la Comunidad de Madrid, con antelación a su producción o difusión.
5. El Círculo hará constar la colaboración de la Comunidad de Madrid, reconociéndola como coorganizadora de las actividades objeto de este convenio en todos los comunicados de prensa y elementos promocionales que se realicen. La difusión de la colaboración
de la Comunidad de Madrid en cualquier elemento de comunicación o difusión será aprobada con carácter previo a su distribución por la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
6. El Círculo se compromete a reservar para la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte un número, a decidir en conjunto, de invitaciones individuales, de uso libre para la
Comunidad de Madrid, para todas las actividades objeto de este convenio.
7. El Círculo se compromete a definir en conjunto con la Comunidad de Madrid el
calendario de acciones previstas en este convenio.
BOCM-20250510-15
Obligaciones del Círculo