C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250510-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 13 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S. A. U., para el centro de trabajo de Galapagar Sección de Limpieza Viaria. (Código número 28103041012021)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 111

SÁBADO 10 DE MAYO DE 2025

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Asimismo, a criterio de estos servicios médicos, aquellas otras que estimen oportunas.
El reconocimiento médico, que será el día que fije la empresa, se hará durante la jornada
laboral. Si se efectuara fuera del horario de trabajo, se compensará al trabajador en los días
posteriores con el tiempo equivalente empleado.
El resultado de dicho reconocimiento será entregado a cada trabajador de forma confidencial.
En el mes de octubre de cada año, se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter
voluntario, efectuándose en horas de trabajo.
ARTÍCULO 31.- JUBILACION
Se regirá por lo dispuesto en la legislación en cada momento vigente, sin perjuicio de lo
establecido en la Disposición Transitoria Primera.
ARTÍCULO 32- VACANTES
Cuando se produzcan vacantes en la contrata por fallecimiento o jubilación éstas serán
cubiertas en el plazo de seis meses. Teniendo preferencia el personal contratado a tiempo parcial
siempre que lleven más de seis meses de antigüedad en la contrata.
ARTÍCULO 33.- ASCENSOS
Serán de libre designación por parte de la empresa los mandos de la empresa, mandos
intermedios, administrativos y mecánicos.
En el resto de categorías, las vacantes que se produzcan se proveerán por concurso. A tal
fin, se realizará una prueba que constará de un examen teórico práctico y en caso de igualdad
primará la antigüedad.
ARTÍCULO 34- GARANTIAS SINDICALES
Los/as trabajadores/as tienen derecho a celebrar asambleas, fuera del horario de trabajo,
en su centro de trabajo con la simple notificación previa a la empresa. En casos excepcionales, la
dirección de la empresa, previa petición del Delegado/a de Personal, podrá autorizar que se realicen
en horario de trabajo.
Para asuntos sindicales de importancia, que requiriesen el asesoramiento de los Sindicatos
o Centrales Sindicales, se posibilitaría el acceso a los centros de trabajo a representantes sindicales,
no pertenecientes a la Empresa, previa notificación y autorización de la misma.
ARTÍCULO 35.- CUOTAS SINDICALES
A requerimiento de los trabajadores afiliados a las Centrales o Sindicatos, la Empresa
descontará en la nómina mensual de los trabajadores el importe de la cuota sindical correspondiente.
El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la Dirección de la
Empresa un escrito en que se expresará con claridad la orden de descuento, la cantidad, la Central
o Sindicato al que pertenece así como el número de la cuenta corriente o libreta de la entidad a la
que deberá ser transferida la correspondiente cantidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Para el desarrollo de los Planes de Igualdad se acuerda someterse al pacto suscrito el día
28 de enero de 2022, entre el Grupo FCC MEDIO AMBIENTE., UGT y CCOO.
DISPOSICIÓN FINAL
En lo no recogido en el presente Acuerdo, se estará a lo dispuesto en el Convenio General
del Sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de
residuos y limpieza y conservación de alcantarillado y E.T. (Estatuto de los Trabajadores).

BOCM-20250510-2

PLANES DE IGUALDAD