D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250510-10)
Convenio –  Adenda de 22 de abril de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Fundación del Lesionado Medular (FLM) y la Asociación de Personas con Lesión Medular y otras discapacidades físicas (ASPAYM-Madrid), para el desarrollo del Programa de Participación del Paciente
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 111

SÁBADO 10 DE MAYO DE 2025

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cuidado de su salud y en la autogestión de su enfermedad, dirigida a la ciudadanía como parte de la humanización sanitaria y constituye un instrumento de participación, intercambio de
conocimientos y experiencias, aprendizaje compartido y empoderamiento en salud de pacientes y comunidades, según se desprende de lo establecido en el artículo 2 de la Orden 552/2021, de 30 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la actividad
de la Escuela Madrileña de Salud. Conforme al artículo 3 de la orden, tiene como principios
específicos en todas sus actividades la dimensión humana, la consideración integral de la
persona, la objetividad, la profesionalidad, la participación y la gratuidad para los destinatarios y, dentro del ámbito competencial de la Dirección General de Humanización y Atención
al Paciente, tiene en consideración las necesidades de adaptación del material formativo, entre otras, a situaciones de discapacidad.
Séptimo
Según su cláusula novena, el convenio está vigente durante cuatro años desde el día de
su perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal la fecha en que el convenio se encontrara firmado por todas las partes intervinientes, pudiéndose prorrogar mediante acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por períodos que en
su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales.
Octavo
Con el fin de poder continuar la colaboración establecida entre las partes, que contribuye a la consecución de los objetivos de interés general propios de ambas, se considera necesario prorrogar el convenio que finaliza su vigencia el 28 de abril de 2025.
Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de
prórroga con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Prórroga del convenio

BOCM-20250510-10

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena del convenio de referencia, las
partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 29 de abril de 2025 y el 28
de abril de 2029, ambas fechas incluidas.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
documento.
Madrid, a 22 de abril de 2025.—Por la Comunidad de Madrid: La Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud: La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por
la Fundación del Lesionado Medular (FLM): El Apoderado, Ken Mizukubo Tarifa.—Por la
Asociación ASPAYM-Madrid: La Apoderada, Carolina López Rodríguez.
(03/6.534/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791