Chinchón (BOCM-20250509-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 110

VIERNES 9 DE MAYO DE 2025

7.4.2.2.

Pág. 165

— De 81 a 150 horas: 8 puntos.
— De 151 a 250 horas: 8.5 puntos.
— De 251 a 400 horas: 9 puntos.
— De 401 a 500 horas: 9.5 puntos.
— De 501 a 750 horas: 10 puntos.
— De 751 a 1.000 horas: 11 puntos.
— De 1.001 a 1.250 horas: 12 puntos.
— De 1.251 a 1.500 horas: 14 puntos.
— De 1.501 a 1.750 horas: 15 puntos.
— De 1.751 a 2.000 horas: 20 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización
y/o las horas de duración, ni los inferiores a 4 horas lectivas.
Se valorarán por igual los cursos de formación de asistencia y de
aprovechamiento recibidos en su país de origen por nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean
equivalentes a los anteriormente indicados, serán, asimismo, objeto
de valoración.
La formación superior a la categoría a la que se accede, se valorará
con 2 puntos o según el apartado 7.4.2.1, optando por la baremación
más beneficiosa para la persona interesada.

8.1. La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de
la calificación otorgada por el órgano de selección a los/las aspirantes que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos alegados, sin que en ningún caso
pueda ser superior a 100 puntos.
8.2. En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme
al siguiente orden:
— En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.4.1 objeto de la convocatoria.
— En segundo lugar, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.4.2.
— En tercer lugar, se tendrá en cuenta quien haya ocupado el puesto a mayor porcentaje de jornada, durante más tiempo, conforme al apartado 7.4.1.1 objeto de la
convocatoria, teniéndose en cuenta únicamente si ha ocupado el puesto con las
mismas funciones.
— En cuarto lugar, y de persistir el empate, este se deshará conforme al número obtenido en el sorteo público que tendrá lugar una vez publicada la lista definitiva de
aspirantes admitidos. El aspirante cuyo número de orden en la citada lista coincida con el número obtenido en el sorteo tendrá preferencia en caso de empate, y a
continuación los/las aspirantes que tengan asignados los números consecutivos
sobre el resto.
8.3. La calificación provisional del proceso selectivo será publicada por el órgano de selección en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Chinchón, e incluirá a todos aquellos/as aspirantes a los que se les haya solicitado la documentación
acreditativa de los méritos alegados en el autobaremo, ordenados según la calificación
obtenida, con indicación del documento nacional de identidad conforme con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, así como las calificaciones parciales de
cada apartado de méritos valorado. Los aspirantes recogidos en dicha lista dispondrán de un
plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para hacer alegaciones. No será necesaria la aprobación por el órgano de selección de la calificación provisional, pudiéndose aprobar directamente la calificación definitiva prevista en el apartado siguiente, cuando la calificación del órgano de selección coincida con la señalada por los
aspirantes en su autobaremo.
8.4. La calificación definitiva del proceso selectivo será publicada por el órgano de
selección en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Chinchón, e incluirá a
todos/as aquellos/as aspirantes a los que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos alegados en el autobaremo, ordenados según la calificación obtenida, con indicación del documento nacional de identidad conforme a lo dispuesto en la Ley

BOCM-20250509-50

Octava. Calificación final del proceso selectivo